El Tribunal Constitucional (TC) considera que el Parlamento catalán «desatiende» sus «reiterados pronunciamientos y advertencias y pretende de nuevo cancelar de hecho, en Cataluña y para todo el pueblo catalán, la vigencia de la Constitución, del Estatuto de autonomía y de cualesquiera reglas de derecho que no se acomodaran al dictado de su nuda voluntad». Esa actitud, afirman desde el TC, sitúa a la Cámara catalana «por completo al margen del derecho» y «en una inaceptable vía de hecho».

Es lo que dicen los autos, cuyo dispongo se adelantó el miércoles, que anulan los primeros preceptos de las resoluciones Propuestas para la Cataluña real y Orientación política general del Gobierno, en las que el Parlamento de Cataluña volvía a apostar por el derecho de autodeterminación. Las resoluciones, cuyo ponente ha sido el magistrado Andrés Ollero -al que la Generalitat ha recusado en los procedimientos pendientes contra leyes catalanas-, anulan los artículos que contravienen lo establecido en la sentencia que anuló la declaración soberanista del 2015 y autos posteriores.

Para el tribunal, la Cámara era consciente de que vulneraba el orden constitucional y estatutario, antes de debatir y votar en el pleno del 25 de julio y 26 de septiembre, respectivamente, la aprobación de las propuestas finalmente incorporadas a dichas resoluciones, porque «esos apartados e incisos desacatan y contradicen frontalmente lo decidido por el tribunal».

AUTONOMÍA DE LA CÁMARA / El TC recuerda que las advertencias al presidente del Parlament, Roger Torrent, a la Mesa y al Govern «no son contrarias a la autonomía de la Cámara, por lo que no puede considerarse que conlleven una usurpación de las atribuciones de los órganos competentes, ni que sean contrarias al principio de separación de poderes, ni que atenten a la inviolabilidad de los parlamentarios».