La Audiencia Provincial de Sevilla ha acordado este viernes mantener en libertad a los cuatro condenados a las máximas penas en el caso de los ERE fraudulentos pagados por la Junta de Andalucía, los exconsejeros de Empleo, Antonio Fernández y José Antonio Viera, y de los exdirectores de Trabajo Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez. Los jueces entienden que no existe el riesgo de fuga invocado por la Fiscalía Anticorrupción para solicitar su encarcelamiento inmediato al pesar sobre ellos una pena de más de siete años de prisión, y recuerdan además que han sido excluidos de otras causas judiciales vinculadas a las ayudas sociolaborales concedidas bajo el procedimiento prevaricador.

En el auto notificado este mediodía a los cuatro condenados, la Audiencia rechaza por tanto la petición de la Fiscalía, a la que se adhirió también el Partido Popular como acusación particular. Así, entiende que no se puede esgrimir el riesgo derivado de las altas penas impuestas en la causa de los ERE "desde el momento que existen en el proceso otros acusados, condenados a idénticas o similares penas, respecto de los cuales no se solicita la prisión". "Eso significa que las acusaciones no aprecian este riesgo de fuga por razón de la pena impuesta", al tiempo que subraya el fallo que en la comparecencia de solicitud de medidas cautelares tampoco se ha dado "razón o justificación alguna" acerca de que "concurran circunstancias adicionales a esos otros acusados, que permitan inferir racionalmente el riesgo de fuga".

De la misma manera, el auto constata que para poder valorar un ingreso cautelar en prisión la ley sólo hace referencia a la existencia de condenas previas o antecedentes, no a su inclusión en otras causas judiciales aún sin cerrar o sin juzgar. " Resulta difícil a este tribunal poder valorar esas otras causas pendientes como riesgo de fuga, pues para ello tendríamos que tener en cuenta, no sólo la mera existencia de dichas causas, sino los indicios racionales existentes en las mismas contra los encausados", señala la Audiencia, que considera además que se trata de una circunstancia que "no podemos valorar con la documentación aportada". "Máxime, cuando esas otras causas son piezas individuales derivadas de la división de la causa matriz, y consta en esta causa, resoluciones de otra Sección de esta Audiencia Provincial, excluyendo de las piezas individuales a los acusados en la presente causa, por aplicación del principio non bis in ídem".

SIN RIESGO OBJETIVO

Los jueces de la Sección Primera inciden en que la ley deja claro cuáles son los criterios que han de tenerse en cuenta para valorar" el riesgo de fuga, "ninguno de los cuales indicaría en este caso un riesgo objetivo más allá de la posibilidad, siempre existente, de que una persona decida no comparecer ante la Justicia. En este sentido, el fallo detalla que los cuatro acusados tienen un domicilio conocido, donde han sido citados cada vez que ha resultado necesario", además de que su "situación familiar, laboral y económica" no permite suponer que vayan a eludir el proceso. Asimismo, como recordaron sus defensas este jueves en la vista previa, han comparecido a los llamamientos judiciales cada vez que han sido citados, incluida la propia vista para solicitar su encarcelamiento. "Sin que aparezca ningún dato adicional del que pueda deducirse la sospecha de que puedan eludir la acción de la justicia, apuntan los jueces.

No obstante, la Audiencia sí mantiene las medidas cautelares impuestas a Francisco Javier Guerrero y Antonio Fernández, al considerar que son "adecuadas y proporcionadas para conjurar dicho riesgo de fuga", y las hace extensivas a José Antonio Viera y a Juan Márquez, quienes deberán designar un domicilio en el que puedan ser localizados, debiendo comunicar inmediatamente cualquier cambio del mismo. De esta forma, los cuatro deberán comparecer ante el tribunal el primer lunes de cada mes, y cada vez que fueren llamado por este órgano judicial o por el que conozca de la causa, así como la prohibición de abandonar el territorio español, debiendo hacer entrega del pasaporte. También se acuerda comunicar a la Dirección General de la Policía la prohibición de expedir pasaporte a todos ellos. Los cuatro ex altos cargos andaluces se han mostrado muy satisfechos con la decisión judicial, considerando que se trata de un "auto modélico" que además "lanza un mensaje importante como es la presunción de inocencia".