L a Sala de lo Penal del Tribunal Supremo considera que «sería deseable que los tonos en el debate público fueran más correctos», pero «el exceso no es suficiente para cubrir las exigencias del Derecho penal» y admitir a trámite las querellas presentadas por las manifestaciones de políticos. Con ese criterio, el alto tribunal ha rechazado la presentada por el PSOE contra la diputada de Vox Macarena Olona por relacionar la muerte de ancianos durante la pandemia con la intención del Ejecutivo de regular la eutanasia.

La querella contra Olona, por injurias, calumnias y coacciones graves, respondía a la siguiente afirmación: «Este Gobierno social-comunista quiso introducir en España la regulación de la eutanasia y por desgracia y por la evolución de los hechos lo ha aplicado de la manera más feroz». La gravedad de la acusación hace que el Supremo considere «comprensible la queja de la parte querellante», pero no la ve suficiente como para «subsumir en la norma penal el exceso verbal con fines políticos», que se produjo «en medio de una entrevista en relación con la pandemia».

Enmarca las palabras de la diputada de Vox en «la queja por la actividad y la gestión pública», y dentro de «la libertad de crítica en la contienda política». Añade que, aunque es «verdad que las formas son importantes, y pueden ser muchas veces no adecuadas y excesivas, con arreglo a la línea que debe imperar en este tipo de confrontación pública, en el orden penal deben valorarse en este entorno de crítica política ante una concreta gestión más que con un dolo de calumniar».

Añade la Sala en su auto que con «la crítica política y la denuncia pública de hechos irregulares en las administraciones se puede llegar a realizar un control», que conduzca a abrir investigaciones penales o dar respuesta desde ellas mismas. Aún así, la Sala advierte de que «que ello no quiere decir que todo valga en este marco de situaciones por activa y pasiva», pues la condición pública de una persona no supone un «cheque en blanco o una tarjeta abierta para que se puede decir lo que se quiera de los demás, o se esté obligado a recibir todo tipo de manifestaciones o expresiones de terceros» por el hecho de ostentar un cargo público. H