Constituyen el sistema empleado en España para reconocer los productos que poseen una calidad destacada, tanto por sus características propias --medio geográfico del que se obtiene la materia prima-- como por las diferenciales, que hacen referencia a la influencia de la actividad humana en los procesos de producción. Se trata de las Denominaciones de Origen (DO), sistemas de clasificación que no solo protegen espacios geográficos, sino también las excepcionales características de su producto y los factores estrechamente vinculados a su elaboración.

Y es que, con un marcado carácter cultural, las DO están definidas, como se indica desde el área de Calidad Agroalimentaria de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, como bienes de dominio público. Es decir, gozan de protección -usurpación, imitación, prácticas comerciales desleales o envasado, entre otras- a nivel nacional, comunitario e internacional. Hacen referencia productos vinícolas, pero también a aquellos agroalimentarios. Es decir, aceites, mieles o quesos, así como a bebidas espirituosas.

En este sentido, las Denominaciones de Origen estatuyen las condiciones de elaboración de sus productos en base a factores naturales, como el clima, o humanos, como la metodología de producción, con el fin de garantizar la máxima calidad.

Se clasifican en diversas modalidades en función de sus características. De este modo, además de las DO, también deben contemplarse las Denominaciones de Origen Protegido (DOP) y las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP). Estas últimas se diferencian de las DO en tanto que aspectos como la reputación o calidad de sus productos se asocian a su origen geográfico, mientras que las Denominaciones de Origen, además, contemplan los factores humanos inherentes anteriormente mencionados y, también, los culturales.

Un claro ejemplo de esta divergencia puede apreciarse en la producción vinícola, ya que los vinos IGP deben estar elaborados con un 85 % de uvas procedentes de su zona geográfica específica, mientras que los vinos DOP deben estar compuestos y producidos exclusivamente en su territorio de origen protegido.

Carácter valenciano

Actualmente, España cuenta con 70 Denominaciones de Origen, de las cuales dos de ellas están categorizadas como Denominaciones de Origen Calificadas, con un estándar de calidad suplementario. De esas siete decenas, 13 se establecen en la Comunitat Valenciana: siete en València, cinco en Alicante y una en Castelló. Sus productos son variados y contemplan desde vinos (DO València, DO Utiel-Requena o DOP Alicante) hasta alimentos como la emblemática chufa valenciana, la granada de Elx o la alcachofa de Benicarló.

Otro de los grandes productos estrellas de la gastronomía valenciana y que también cuenta con su propia Denominación de Origen es el arroz, así como las frutas, entre las que destacan los nísperos alicantinos de Callosa d’en Sarrià y los kakis de la Ribera del Xúquer. Mención especial también merece el reconocido embutido de Requena.

Respecto a las Indicaciones Geográficas Protegidas, el territorio autonómico suma cuatro de las 42 IGP con que cuenta el país. Entre estas se encuentra la IGP Castelló y la IGP Cítricos Valencianos. La IGP Jijona y Turrón de Alicante y, por último, la IGP Cerezas de la Montaña de Alicante completan este listado.