El juzgado administrativo de Osnabrück (noroeste de Alemania) falló hoy en contra de una joven musulmana de 18 años que denunció a su instituto por no permitirle acudir a clase con nicab, un velo que tan sólo deja los ojos al descubierto.

La sentencia, que no es firme, da la razón a la dirección del centro educativo, que exigió a la alumna del turno de tarde quitarse el velo para poder acceder al aula.

El tribunal consideró que, en este caso, el mandato de formación y educación del Estado que consagra el artículo 7 de la Constitución alemana debe prevalecer sobre la libertad religiosa recogida en el artículo 4, explicó el portavoz del juzgado, Gert Armin Neuhäuser, al argumentar el fallo.

Una portavoz del centro educativo, Bianca Schöneich, explicó que en las relaciones escolares no sólo la palabra es importante, sino que también es fundamental la comunicación no verbal y el lenguaje corporal, algo que a su juicio el nicab no permite.

Además, agregó la portavoz, no es posible identificar a una alumna que lleva un velo integral.

La joven, de nacionalidad alemana, argumentó en su defensa que el uso del nicab es "una parte importante de su práctica religiosa".

También llegó a proponer retirarse el velo ante una trabajadora del instituto antes de cada clase para eliminar la cuestión de la identificación, pero el instituto consideró insuficiente esta medida y le denegó el acceso al centro.