El debate del trabajo a distancia siempre es recurrente en época de crisis. Conviene recordar que algunas generaciones jóvenes solamente han vivido en ellas. El relato mercantilista emplaza a continuar la producción (sucedió en la crisis del 73, en la de los 90, en la de 2008 y en ésta) incluso a pesar de la pandemia. Un discurso que propicia iniciativas legislativas de una u otra tendencia, según el color político del Gobierno y su capacidad de establecer mayorías.

A causa de la pandemia, un importante número de personas se han visto obligadas a trasladar precipitadamente su puesto de trabajo al domicilio. En muchos casos, las opciones planteadas por la empresa oscilaban entre la suspensión del contrato o el teletrabajo, cuando no las dos (que ejemplos fraudulentos de estos tenemos unos cuantos). Esto ha requerido toda la atención mediática y ha puesto en la agenda política la necesidad de reformar esta herramienta, a pesar de contar con un marco normativo de poca implantación y un impacto más que moderado, porque gran parte de las actividades productivas no se pueden realizar a domicilio. En 2019 las cifras oficiales de trabajo a distancia oscilaban por debajo del 5%. Una herramienta levemente desarrollada por la negociación colectiva, en casos muy puntuales y para situaciones muy concretas.

El marco normativo se despliega en un artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores de contenido mínimo en términos muy básicos (voluntariedad, principio de igualdad de derechos y garantías, derecho de formación, seguridad y salud, libertad sindical y límites a la jornada), así como un Acuerdo Marco Europeo suscrito entre organizaciones patronales y sindicales en 2002 y un Convenio 177 de la OIT de 1996 aún no ratificado por España en la actualidad. Por ello, la negociación al respecto se ha focalizado en la definición a partir del porcentaje de jornada empleado; la voluntariedad de las partes para su aceptación y reversión; reforzar algunas garantías ya enunciadas en la normativa actual en materia de protección a la salud; límites de jornada; o derechos inespecíficos como el derecho a la intimidad; y el reparto de los costes derivados del trabajo a distancia. Merece la pena recalcar la sobreactuación en las declaraciones de representantes empresariales, frivolizando sobre el pago de la luz, el agua y el alquiler del domicilio, con la advertencia de desplazar la actividad fuera del ámbito nacional.

Todo parece encaminado a acordar algunas medidas que traten de dar respuesta a estas disfuncionalidades. Sin embargo, sabemos que el trabajo sindical para lograr el cumplimiento de dichos derechos y garantías será ingente. Hoy por hoy, no es mayoritaria la tendencia empresarial del trabajo por objetivos, ni la cultura organizativa que valora la participación conjunta en el establecimiento de la carga de trabajo. Ni siquiera es mayoritaria la posibilidad de adaptar nuestros domicilios a lugares de trabajo con lo que de ello se deriva en consecuencias a la salud en materias clave como los trastornos músculo esqueléticos. Es más, en la situación de pandemia se han agravado otras dolencias psicológicas, que se desarrollarán con el tiempo si no ponemos remedio. Pero es que ni siquiera tenemos un sistema de inspección que garantice en toda su extensión el cumplimiento de la legislación aplicable, en los términos dispuestos en el artículo 9 del Convenio 177 de la OIT.

Resulta innegable la importancia de alcanzar un acuerdo que recoja el equilibrio entre las partes y garantice la función tuitiva del derecho del trabajo. Que los mandatos a la negociación colectiva se desarrollen en toda su potencialidad adaptando las particularidades a la realidad de cada sector productivo, entre ellos el sector público. Pero ésta ha de ir acompasada del necesario reequilibrio en la negociación colectiva, para partir en condiciones de igualdad, con el fin que la autonomía de las partes pueda incardinar todas las deficiencias sufridas durante el estado de alarma. No podemos permitirnos repetir la imagen que se hizo viral de la mujer trabajadora en la mesa del comedor de su casa con una criatura en su regazo, el gato encima del teclado mientras mantenía una videoconferencia profesional, si aspiramos a considerarnos una sociedad avanzada y con indicadores de trabajo decente. Porque durante esta pandemia no hemos teletrabajado, hemos tenido un trabajo forzado a domicilio. H

*Secretari d’Acció Sindical, Salut Laboral i Medi Ambient CCOO PV