Estas son 10 cosas que se podrán o no hacer en Madrid a partir del lunes tras las dos órdenes de la Consejería de Sanidad publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) que endurecen las medidas anti covid-19 y afectan sobre todo en 37 áreas sanitarias específicas.

1- Reuniones limitadas a 6 personas

Un máximo de seis personas podrán reunirse para actividades familiares o sociales en la comunidad autónoma de Madrid. Esta limitación afecta también a las mesas de bares, restaurantes y terrazas.

2- Casos en los que sí se podrá salir de casa

Quienes vivan en una de las áreas de confinamiento selectivo solo podrán salir de ella para ir al médico, a trabajar, a centros educativos, para volver a la residencia habitual, para el cuidado de mayores, menores o dependientes, para trámites en bancos, entidades de seguros, trámites administrativos (como renovar el DNI, por ejemplo), judiciales o ante el notario, exámenes y pruebas y otras causas de fuerza mayor o necesidad.

3- Desplazamientos en la misma zona sanitaria

Los desplazamientos dentro de la misma zona sanitaria con movilidad restringida están permitidos pero solo para actividades esenciales.

4- Circulación en las zonas restringidas

Quienes no habiten en esas zonas pueden circular a través de ellas en viajes que tengan origen y destino en zonas no confinadas.

5- Cierre a las 22.00 horas de los bares

Los bares y restaurantes, así como todos los comercios no esenciales, cerrrarán a partir de las 10 de la noche, no servirán en barra y reducen su espacio al 50% tanto en el interior como en la terraza.

6- Servicios esenciales

Farmacias, médicos, veterinarios, gasolineras y otros servicios esenciales funcionarán con normalidad.

7- Lugares de culto

Los lugares de culto solo permitirán un tercio del aforo.

8- Velatorios con menos aforo

En velatorios solo se permitirá a 10 personas en interiores y 15 en exteriores o para la comitiva fúnebre.

9- Cierre de parques

Adiós a los parques infantiles o a los jardines públicos. Quedan cerrados.

10- Gimnasios con límite de afluencia

Está permitido ir al gimnasio y a espacios deportivos manteniendo el límite de 10 personas vigente para grupos en este tipo de locales siempre que no se hallen en una de las 37 zonas confinadas.