La Audiencia de Girona ha absuelto a un hombre que se enfrentaba a 6 años de cárcel por hacer una fotografía a la hija menor de edad de unos vecinos suyos de Hostalric (Girona) y colgarla en Facebook bajo la inscripción en venta. La sentencia concluye que no se ha podido probar que fuera el procesado quien publicara la imagen porque había «terceras personas» que tenían acceso tanto a su móvil como a su perfil de las redes sociales.

«No se puede acreditar quién hizo la foto ni quién la hizo pública», argumenta el tribunal, que añade que este elemento «impide atribuir al acusado» el delito de revelación de secretos que le atribuía la acusación particular. La fiscalía no acusaba, pero la acusación particular, ejercida por la familia de la menor, pedía una pena de 6 años de prisión por un delito de revelación de secretos.

La sentencia de la sección tercera de la Audiencia de Girona considera probado que se usó el móvil del procesado para colgar la fotografía pero que no se ha podido acreditar que lo hiciera el acusado.

Además, subraya que durante el juicio la ya expareja del sospechoso declaró que hizo numerosas fotografías tanto de sus hijos como de la hija de los vecinos porque al principio tenían buena relación, hasta que finalmente esta se rompió. «El acusado no recordaba si le hizo la foto en cuestión», detalla el tribunal.