La Fiscalía y la Asociación de Víctimas del Accidente del Metro de Valencia del 3 de julio de 2006 han cerrado un acuerdo para que se declaren culpables cuatro de los ocho exdirectivos de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana que el lunes se sentarán en el banquillo en el primer día del juicio que debe evaluar su responsabilidad y para que acepten 22 meses de prisión que no cumplirán porque se suspenderá la pena.

"Es un triunfo incuestionable. Al final es lo que veníamos reclamando desde el principio, la responsabilidad no se podía quedar en el último eslabón de la cadena, en el conductor y para mí casi tiene más mérito que lo reconozcan ellos que si lo hubiera impuesto una sentencia. Al final la responsabilidad es de la empresa que no puso las medidas efectivas para frenar el tren", explica a EL PERIÓDICO Rosa Garrote, presidenta de la asociación.

"Estoy muy contenta, exultante, se me desbordan los sentimientos", afirma emocionada Garrote, que perdió a una de sus hermanas en aquel fatídico accidente.

Tal y como ha adelantado Las Provincias, el pacto supone que asumirán también la inhabilitación para ejercer cargos similares a los que tenían en empresas del sector ferroviario. Pero el acuerdo supone igualmente que los otros cuatro exresponsables de FGC, inlcuida la exgerente Maria Gracia, quedarán absueltos del proceso.

La Fiscalía reclamaban para ellos tres años y siete meses de prisión por un delito contra la salud de los trabajadores (pues murieron el conductor y la interventora) y por 43 homicidios y 47 lesiones por imprudencia profesional grave. Las acusaciones habían elevado la petición a cuatro años.

Aún así, todos ellos deberán sentarse el próximo lunes en el banquillo de los acusados para iniciar un juicio que según el calendario establecido debía prolongarse hasta el mes de julio y en el que debían comparecer 300 personas entre testigos y peritos.

El proceso judicial que se inicio en aquel verano de 2006 se archivó en tres ocasiones pues la jueza de instrucción siempre defendió que la única responsabilidad punible era la del fallecido conductor al haber entrado el tren a 80km/h en una curva en la que la velocidad máxima permitida era de 40km/h.

Las víctimas siempre defendieron que había más responsables y apuntaron a los directivos por no haber asumido la reclamación previa de los trabajadores de poner una baliza que limitara la velocidad o por el cuestionable estado de la unidad que descarriló que ya lo había hecho en otras ocasiones.

La Audiencia Provincial anuló el último archivo de la instructora y abocó el proceso a un incierto juicio que ha llevado a ambas partes a un acuerdo de última hora asumible para todos.