La carne contaminada que originó el brote de listeria el pasado verano en Andalucía presentaba concentraciones que superaban entre "3.700 y 149.900 veces la contaminación máxima tolerable" de esta bacteria que la normativa vigente permite en los alimentos. Es la principal conclusión del informe pericial elaborado para el juzgado que investiga las cuatro muertes, los siete abortos y el contagio de más de 200 personas tras ingerir productos cárnicos de la empresa Magrudis. Sus responsables continúan en prisión preventiva y recientemente se les impuso una fianza por responsabilidad civil de cinco millones de euros para hacer frente a las posibles indemnizaciones.

El informe que obra ya en poder el juez instructor concluye que los resultados analizados no sólo incumplen la normativa vigente, sino que además “sobrepasan de forma exagerada los límites previstos como seguros" para la bacteria listeria monocytogenes en los alimentos. Estas altas dosis de contaminación son además “suficientes para provocar daños en las personas”, desde “gastroenteritis aguda autolimitada, septicemia, meningitis y encefalitis u otros cuadros que afecten al Sistema Nervioso Central, así como efectos adversos fetales y neonatales”, desgrana el documento.

SIN LÍMITE PARA LA CONCENTRACIÓN EN INSTALACIONES

Los peritos hicieron analíticas también de las instalaciones y el material empleado en la fabricación y envasado de la carne mechada, ya que las primeras pruebas apuntaban a la presencia de la bacteria en el carro de horneado de la fábrica ubicada en el polígono industrial El Pino de Sevilla. En este sentido, el informe pericial señala que pese a ser también elevadas, “no incumple la normativa” porque “no hay límite legal para ello”.

No obstante, el experto considera que esas concentraciones en las instalaciones se pueden interpretar de varias maneras. Existe la posibilidad de que esas superficies “permitan que los alimentos o cosas que se depositen sobre ella se contaminen o recontaminen”, lo que se denomina “contaminación cruzada”. También pueden deberse a la “falta de higiene o eficiencia en las operaciones de limpieza y desinfección de útiles, maquinarias y superficies”. Y en tercer lugar, apunta el experto, que “además de permitir aquella contaminación cruzada sirva de nicho ecológico como hábitat para un crecimiento de las colonias de listeria monocytogenes, facilitando que las bacterias se desarrollen en dichos nichos”.

El informe pericial se perfila por tanto como una prueba clave en contra de los responsables de Magrudis. Pero la jueza instructora deberá determinar ahora si vincula de alguna manera también al Ayuntamiento de Sevilla y la Junta de Andalucía en el brote de listeriosis al permitir por acción u omisión que se alcanzaran esas elevadas dosis de bacterias en las instalaciones y que la carne circulara libremente pese a que los dueños de la empresa sabían desde meses antes que estaba contaminada.

IRREGULARIDADES EN LA EMPRESA

Así, a finales del pasado año, la jueza requirió al Consistorio hispalense información acerca de los pasos seguidos en relación a la empresa origen del foco, como el incumplimiento del sistema de autocontrol o las posibles sanciones impuestas, ya que la Magrudis había iniciado su actividad sin contar con permisos sanitarios, licencia de actividad o estar siquiera inscrita en el Registro de Industrias Agroalimentarias (GRIA) de Andalucía, entre otras irregularidades.

De momento, la juez mantiene en prisión a los dueños de Magrudis, José Antonio Marín Ponce y su hijo Sandro José Marín Rodríguez, a los que considera responsables criminalmente de un delito contra la salud pública en su modalidad de fraude alimentario, cuatro homicidios por imprudencia y seis delitos de aborto por imprudencia, además de delitos de lesiones por imprudencia, cuyo número exacto aún está por determinar. Asimismo, en el caso están siendo investigadas además la esposa del primero, Encarnación Rodríguez, y su cuñada, Isabel Rodríguez, así como otras seis personas.