Un juzgado de Barcelona condena una multa a la aseguradora contratada por una ginecóloga que diagnosticó un cáncer de mama con un retraso de cinco meses. La sentencia impone a la compañía una multa de 45.592 euros más intereses que tendrá que pagar a la paciente, al considerar que la doctora incurrió en dos negligencias médicas.

En su escrito, la magistrada considera acreditado que «el retraso en la diagnosis afectó a la extensión del cáncer» y acepta las alegaciones de la paciente, que acusa a la médica de negligencia por haberle realizado una punción sin una mamografía previa y por no haberle informado del resultado de las pruebas ni de la necesidad de hacerse otras. «El no haber comunicado a la paciente que, ante el resultado de las pruebas, era conveniente realizar una biopsia y una mamografía es una imprudencia, tal y como indica la parte actora», dice la jueza.