La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sigue marcando muy de cerca el sector audiovisual, tal como bien están comprobando las televisiones privadas desde que este organismo público entró en funcionamiento, en el 2013. Pero no solamente mantiene un férreo control sobre Atresmedia y Mediaset, sino que también sobre las televisiones públicas y las plataformas de pago. Así, este jueves, 16 de junio, la CNMCque preside José María Marín Quemada ha hecho público que ha decidido incoar un expediente sancionador a la Corporación Radio Televisión Española (RTVE) por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a las autopromociones, el pasado mes de marzo, TVE-1 y La 2, y también ha sancionado con multas millonarias a tres empresas de comunicación audiovisual por no financiar obra audiovisual europea.

La CNMC ha explicado en su comunicado, que el expediente a RTVE parte del posible incumplimiento del artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA). Este articulo establece que, "para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial". Para el organismo público, hubo infracciones a esta regla en las emisiones de TVE-1 y La 2 en marzo del 2016.

También puntualiza la CNMC que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación, de forma que ahora se abre un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y su resolución. RTVE dispone de 15 días para presentar alegaciones.

2,2 MILLONES DE EUROS EN MULTAS

Además del expediente a RTVE, la CNMC ha multado con un total de2,2 millones de euros a DTS (Distribuidora de Televisión Digital, de Telefónica), Orange y Multicanal Iberia (Canal Cocina, AMC, Historia... ), por incumplir con la obligación de financiar obras audiovisuales europeas en los años 2012 (DTS, Orange y Multicanal) y 2013 (DTS).

Según ha concretado la Comisión, DTS ha sido sancionada con más de 1,5 millones de euros (749.900, en 2012 y 850.000, en 2013); Orange con 101.482 euros; y Multicanal Iberia con 506.939 euros.

En este sentido, el organismo estatal ha recordado que la Ley General de la Comunicación Audiovisual obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual o a los operadores de telecomunicaciones, que también difundan canales de televisión, a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas. La norma entiende como obras audiovisuales europeas las películas para el cine y la televisión, series, documentales y películas y series de animación. Además, en el caso de que la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el 6%.

Asimismo, la CNMC ha apuntado que el 60% de la financiación debe destinarse a la producción de películas de cine y, a su vez, el 60% de dicho porcentaje a obras en alguna de las lenguas cooficiales de España.

Por último, la Comisión ha señalado que DTS, Orange y Multicanal Iberia podrán interponer recurso contencioso-administrativo contra esta decisión, ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.