La fiscalía de Barcelona anunció ayer que recurrirá la sentencia por la que la Audiencia de Barcelona condenó a penas de 10 y 12 años de cárcel a cinco de los acusados de la violación en grupo sufrida por una menor en Manresa en el 2016. La polémica que acompaña a esta resolución, como ocurrió con la de la Manada de los Sanfermines, se debe a que el delito que el tribunal declara cometido es el de abuso sexual y no el de agresión, es decir, violación. Los magistrados justifican su criterio en que, como la víctima estaba inconsciente, los acusados «pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ninguna violencia».

La fiscalía repite en este caso la actuación que ya llevó a cabo con la Manada de Pamplona, en la que también recurrió la sentencia y fue el Tribunal Supremo (TS) el que rectificó, elevando entonces la pena impuesta a los cinco procesados de 9 a 15 años de cárcel.

En esta misma línea, en su informe final sobre la Manada de Manresa, la fiscala Elena Contreras esgrimió que también existía un clima de intimidación ambiental: la temprana edad de la víctima, de 14 años, «su complexión menuda», las casetas de una antigua fábrica abandonada donde denunció que la violaron, la ingesta de alcohol y drogas, la «superioridad numérica» de sus agresores y una «actuación criminal orquestada, sucesiva y grupal», pero la Audiencia no atendió a ello.