La aplicación del «derecho al olvido» debe circunscribirse únicamente a la Unión Europea (UE), lo que significa que Google no está obligado a borrar información personal de los usuarios en la lista de resultados de todo el mundo. Así lo sentenció ayer el Tribunal de Justicia de la UE que da la razón a la empresa en el litigio que mantiene con Francia.

Es la primera vez que los jueces europeos se pronuncian sobre el ámbito de aplicación del «derecho al olvido», un principio recogido en la legislación europea que permite a los ciudadanos solicitar el borrado de información personal en determinadas circunstancias. El caso se remonta al 2016, cuando las autoridades francesas impusieron una multa de 100.000 euros a la multinacional por negarse a borrar información de la lista de resultados en todas las extensiones el mundo y no solamente en Europa.