El Juzgado de lo Social número 5 de Madrid ha considerado procedente el despido de un trabajador de una empresa de distribución de productos de alimentación que orinó en la fachada del almacén, al considerar que causó un "grave perjuicio" a la imagen de la compañía.

En una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, la jueza Ángela Mostajo argumenta que el comportamiento del trabajador no sólo fue "poco educado", sino que supuso "un incumplimiento de las normas mínimas de higiene" que debe guardar cualquier empresa, sobre todo si almacena productos alimenticios.

"La mancha y el olor producen rechazo y generan una imagen de suciedad y falta de higiene que se refleja negativamente en la empresa", añade la magistrada. Asimismo, recuerda que el mismo trabajador había sido sancionado en dos ocasiones anteriores con suspensiones de empleo y sueldo por no cumplir las normas de la empresa sin que intentara "reconducir su conducta", sino que volvió a desobedecer las órdenes de mantener la higiene en el trabajo.

Los hechos ocurrieron tras el ágape que se celebró en la empresa con motivo de la Navidad y la sentencia pone de manifiesto que el trabajador optó por orinar en la fachada del almacén a pesar de que dentro del mismo había un cuarto de baño. La empresa procedió a despedirle por "la desobediencia a las órdenes e instrucciones de trabajo y a su indeseable comportamiento en el ámbito laboral de esta empresa".

La sentencia pone de manifiesto que en ningún momento el trabajador negó haber orinado en la fachada ni alegó estar embriagado, no saber lo que estaba haciendo o tener "una urgencia tan perentoria que no pudiese esperar un par de minutos para dirigirse a otro lugar".