La Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de entre 10 y 12 años de cárcel a cinco de los acusados ​​de la violación en grupo sufrida por una menor en Manresa en el 2016. La polémica que acompaña esta resolución, como ocurrió con la de 'La manada' de los Sanfermines de ese mismo año, se debe a que el delito que el tribunal declara cometido es el de abuso sexual y no el de agresión, al entender los jueces que como la víctima estaba inconsciente los acusados "pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación".

La sentencia impone 12 años a dos de los acusados y 10 a otros tres. Además, absuelve a otro y a un séptimo que había sido juzgado por un delito de omisión de socorro. Al finalizar el juicio la fiscalía modificó su petición inicial de abusos sexuales, por el de agresión sexual contra los seis procesados ​​por violar a la chica, que entonces tenía 14 años, conforme había mantenido la acusación particular. El ministerio público elevó también su petición de ​​pena de prisión hasta 14 o 15 años. Por su parte, la acusación particular reclamaba entre 15 y 20.

El tribunal es muy duro con este cambio de la fiscalía, producido después de que el Tribunal Supremo condenara por agresión sexual a los jóvenes de la violación de Pamplona y con las conclusiones de la comisión de codificación a la que el Ministerio de Justicia encargó la revisión de estos delitos, entre las que destacaba, considerar todo tipo de abuso, como agresión sexual, aunque las penas prácticamente se mantuvieran en el mismo abanico actual.

La resolución califica de "sorpresa" el cambio de calificación jurídica del fiscal, "porque la prueba practicada en el plenario apoyaba su calificación provisional de abusos sexuales, y en cambio no aportó elementos que justificaran mutar los abusos en agresión sexual, en los trámites de conclusiones".

El tribunal no duda de que se trató de un delito de abuso sexual pues considera "acreditado que la víctima, mientras se producían los hechos, y desde el momento antes hasta horas después de lo sucedido, se encontraba en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía, y, consecuentemente, sin poder determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales que con ella mantuvieron la mayor parte de los procesados, los cuales pudieron realizar los actos sexuales sin utilizar ningún tipo de violencia o intimidación". Por ello, concluye que "se está ante la hipótesis que considera abusos sexuales no consentidos, aunque en este caso el consentimiento sería irrelevante atendiendo a la edad de la víctima".

Claramente menor de edad

Los hechos tuvieron lugar el 26 de octubre del 2016 en una fiesta de Halloween celebrada en una fábrica abandonada de la capital del Bages, situada en una zona aislada cerca del campus de la zona universitaria. El principal acusado, que conocía a la víctima, se la llevó a un lugar apartado, la violó y después habría animado a otros a hacerlo por turnos.

En cuanto a la edad de la víctima, de quien los acusados declararon que desconocían su minoría de edad, el tribunal puntualiza que cuando ocurrieron los hechos tenía 14 años de edad. "En el juicio oral, celebrado casi tres años después de los hechos, el tribunal ha podido comprobar que el aspecto físico de aquella chica sigue teniendo una apariencia de adolescente incipiente (...), de manera que los procesados no podían razonablemente confiar hace tres años en que la chica tenía entonces 16 años, y si no hicieron nada para cerciorarse de este dato fue porque les resultó indiferente”.

La sala ha fijado en 12.000 euros la indemnización a la víctima al considerar que “el ataque a la indemnidad sexual de la víctima fue extremadamente intensa y especialmente denigrante, y además, de produjo sobre una menor que se encontraba en situación de desamparo".

Reacciones

La sentencia ha provocado el rechazo de las asociaciones feministas. Altamira Gonzalo, de la fundación de mujeres juristas Themis, considera que la Audiencia de Barcelona se ha alejado del criterio establecido este verano por el Tribunal Supremo (TS), que respecto a la 'La Manada' de los Sanfermines del 2016 consideró los hechos como una "violación múltiple" de "enorme sordidez y crudeza" en la que "la víctima sufrió" todo el tiempo. El TS castigó con 15 años a los culpables.

"La Audiencia de Barcelona sigue entendiendo que es necesaria una resistencia heroica por parte de las mujeres", critica la responsable de Themis. En su opinión, la sociedad ha ganado la batalla pero el mundo judicial sigue resistiéndose a admitir que solo el sí es un sí. "Juzgan con benevolencia unos hombres que, con los pantalones bajados, esperan turno para violar a una niña de 14 años, que, además, estaba aturdida por los efectos del alcohol y en un entorno donde no se podía defender. Los magistrados se ponen fácilmente en la piel de los agresores, pero no en la de la víctima", continúa la jurista, que insiste en la urgencia de modificar el Código Penal para que, a la hora de probar el consentimiento, "solo el sí sea sí". Junto con otras medidas sociales y educativas, la reforma legislativa está en barbecho debido al adelanto electoral y la posterior imposbilidad de acuerdo para investir a Pedro Sánchez como presidente del Gobierno.

Gonzalo admite que las penas a las que se ha condenado a 'La Manada' de Manresa -de entre 10 y 12 años- son elevadas, pero considera inaceptable la falta de empatía con la víctima y el mensaje que se da a la sociedad con este tipo de sentencias.

Mientras, la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, acaba de comentar en Madrid que no le había dado tiempo a leer el fallo judicial. Tras recordar que el Ejecutivo "no comenta sentencias", sí que ha mencionado la "clara postura" del gabinete socialista respecto a las moficiaciones legislativas pendientes de realizar.