Una vez superadas las desavenencias que la ley de garantía integral de la libertad sexual ha provocado en el seno del Gobierno, especialmente entre Igualdad, proponente de la norma, y Justicia, el Consejo de Ministros aprobará este martes la conocida ley 'sí es sí', que plasma en un texto legal las demandas que el movimiento feminista ha expresado en las calles en los últimos años, sobre todo a raíz de la sentencia de 'La manada'.

El objetivo de la norma es establecer un marco de prevención, atención, sanción y reparación para las víctimas de violencias sexuales, similar al que desde hace 15 años ofrece la ley contra la violencia de género. En este sentido, según fuentes del Ministerio de Igualdad, supone un "proyecto pionero en el mundo", que traslada a la legislación buena parte del Convenio de Estambul, que establece que la violencia machista no sólo se produce en el ámbito de las parejas, y varias de las medidas del pacto de Estado español contra esta lacra.

La ley establece que la libertad sexual es un bien protegido, acaba con la polémica distinción entre abuso y violación y fija que el consentimiento es clave para determinar si ha habido o no delito, de ahí que se denomine ley 'sí es sí', en referencia a los lemas expresados en múltiples manifestaciones y actos contra la primera sentencia de la 'La manada' de Pamplona.

LARGA TRAMITACIÓN

El anteproyecto legal, que ahora será remitido a los órganos consultivos y por tanto no llegará al Congreso de los Diputados hasta dentro de varios meses, fija que no existe "consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos, su voluntad expresa de participar en el acto" sexual.

Con estos mimbres, la agresión sexual tendrá una pena de 1 a 4 años de presión, frente a la horquilla de 1 a 5 de la ley actual y la violación (si hay penetración) de 4 a 10 años, frente a los 4 a 12 años del Código Penal vigente. Pese a ello, fuentes de Igualdad insisten en que estos cambios no suponen una "rebaja de las penas", dado que ahora para que haya violación se exige violencia e intimidación además de la penetración, exigencias que con el proyecto legal desaparecerán. Al refundir abuso y violación, subrayan estas fuentes, se logran que las penas sean "más proporcionales, para dar más margen" al juez para apreciar las diferentes circunstancias concurrentes en el delito.

AGRAVANTES Y EL ACOSO CALLEJERO

En este sentido, se introducen como agravantes la violación grupal o la violencia extrema y si concurren dos agravanes la pena máxima será de 15 años, igual que en la actualidad. "El movimiento feminista no es punitivista y no podíamos poner una sanción superior al homicidio", alegan desde Igualdad.

La ley considera violencias sexuales la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y la trata con fines de explotación sexual. Y crea un nuevo delito, con pena de multa o arresto domiciliario, contra el acoso ocasional o callejero, que se define como aquellas "expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas que creen en la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria".

EDUCACIÓN SEXUAL Y PROTOCOLOS DE DETECCIÓN

Más allá de los cambios en el Código Penal, la ley contiene un amplio paquete de medidas de prevención, atención y reparación de las víctimas, entre las que destacan la introducción de la educación sexual en todos los niveles educativos, el establecimiento de protocolos de detección en los ámbitos educativos y sanitarios y la especialización profesional de las fuerzas de seguridad y el ámbito judicial.

A este respecto, en un principio el proyecto presentado por Unidas Podemos en el 2018 establecía que los juzgados de violencia de género se ocuparían de los delitos sexuales, pero después de las objecciones introducidas sobre todo por Justicia, establece que habrá "juzgados especializados", pero sin determinar si serán los de violencia de género u otros creados específicamente.