La Generalitat ha decidido imponer una multa de medio millón de euros a Gas Natural Fenosa como consecuencia de la muerte de una anciana de 81 años en noviembre del año pasado en Reus (Baix Camp), que falleció a causa de un incendio con una vela después de que se le hubiera cortado la luz, en uno de los casos más controvertidos de pobreza energética de los últimos tiempos.

Así lo ha explicado este jueves en rueda de prensa el secretario de Empresa i Competitivitat, Joan Aregio, que ha indicado que el expediente considera una infracción muy grave que se cortara el suministro de luz porque por ello se originó "una alteración social grave, de alarma y desconfianza" y porque la persona afectada pertenecía a un colectivo, el de las personas de la tercera edad, especialmente protegido por el Código de Consumo de Catalunya.

Aregio ha explicado que la sanción, que no es firme, ya se ha comunicado esta semana a la compañía, que ahora tiene un plazo de dos meses para decidir si la recurre, agotando la vía administrativa si lo hace e iniciando un procedimiento contencioso.

GRAVEDAD

El expediente considera una infracción grave que la empresa cortara el suministro de luz a la anciana "sin haber solicitado previamente un informe de los servicios sociales municipales para determinar si la persona o la unidad familiar se encuentra en una de las situaciones deriesgo de exclusión residencial", tal y como establece la ley 24/2015 sobre la pobreza energética. Pero la infracción ha ascendido a muy grave por los agravantes de alarma y el hecho de que la afectada fuera una persona mayor.

Aregio ha expuesto que le parece "una sanción justa" al considerar que el corte de suministro fue indebido y con trágicas consecuencias. El secretario de Empresa i Competitivitat ha detallado que las sanciones graves pueden oscilar entre los 10.000 y los 100.000 euros, mientras que las muy graves se mueven entre los 100.000 y el millón de euros, en función de los condicionantes.

La actuación sancionadora de la Agència Catalana de Consum en el ámbito de la pobreza energética consiste en comprobar si lascompañías suministradoras han solicitado el informe preceptivo a los servicios sociales municipales antes de proceder a un corte del suministro. La entidad no tiene competencias para sancionar otros hechos que se hayan podido desencadenar como consecuencia de una interrupción de los suministros básicos.

DOS MESES

El Ayuntamiento de Reus tenía constancia desde el 2013 de la situación de vulnerabilidad de la anciana y había un expediente abierto. SIn embargo, tras el luctuoso suceso, el 'conseller' de Empresa de la Generalitat, Jordi Baiget, explicó que la mujer había rechazado varias ayudas sociales que se le habían ofrecido.

La anciana llevaba dos meses con la luz cortada por impago sin que la empresa alertara de esta situación a los servicios sociales, pero recibía una ayuda para abonar el suministro de agua después de que Aigües de Reus advirtiera al consistorio de que también se la iban a cortar.