La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia(CNMC) ha sancionado con 203.508 euros a la Corporación de Radio Televisión Española (CRTVE) por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones.

Según explica este miércoles, 7 de diciembre, la Comisión en un comunicado, el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) establece que "para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los cinco minutos por hora de reloj, y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial".

La CNMC precisa en su comunicado que las infracciones detectadas en RTVE tuvieron lugar en marzo del 2016 en sus dos principales canales de televisión: TVE-1 y La 2.

Contra esta decisión, también explica la Comisión, "la Corporación de Radio Televisión Española podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses".

Esta multa es la resolución de un expediente que la CNMC abrió a RTVE el pasado mes de junio, y ante el que la dirección de la corporación estatal presentó sus oportunas alegaciones.

OTRAS SANCIONES A TVE

La última sanción impuesta a RTVE por parte de la CNMC se hizo pública el pasado 13 de octubre, y ascendió a 154.477 euros. En aquella ocasión la multa fue por la emisión de publicidad encubierta de productos o servicios relacionados con la salud en el programa 'La mañana', de TVE-1.

En concreto, se refiere a la emisión del 18 de febrero del 2015, en la que se difundió, como sección propia dentro del programa, el espacio'Saber vivir', que trató el problema de la miopía, hipermetropía y astigmatismo, participando como invitado un oftalmólogo que trabaja en la clínica Baviera.