Algo tan aparentemente inocente como poneruna foto de su hijo en el perfil de Facebook, Instagram oWhatsapp puede desencadenar auténticas tormentas entre padres, especialmente si están separados o divorciados y hay mal rollo con la custodia. Abogados de familia, jueces e incluso la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) asisten a las disputas entre progenitores por la difusión de las fotos de los niños y la información que se da con ello. Y no solo por la reputación digital de los menores y las consecuencias de su presencia en las redes sino por revelación de la vida privada que supone para cada uno de los cónyuges.

El 10% de las consultas que recibió la AEPD el año pasado en su canal joven sobre redes sociales y aplicaciones móviles está relacionado con los derechos de los progenitores a poner en redes sociales fotos de sus hijos, explican. Del tipo: "Mi ex ha colgado una foto del pequeño en bañador en la playa" o "está usando la foto del niño en su perfil de Whatsapp". Porque publicarlas en entornos abiertos, como son las redes sociales, supone, según la agencia, “un tratamiento de datos personales que requiere el consentimiento paterno” en el caso de menores de 14 años. Sin embargo, cuando las acusaciones son entre progenitores, el organismo público remite a los jueces porque, a su entender, son quienes deben interpretar las cuestiones de familia, que dependen del Código Civil, no de la legislación de datos.

Las disputas entre padres sobre los datos de los menores se diluyen a partir de 14 años, porque entonces los menores ya tienen potestad sobre su derecho a la imagen y sus datos personales. Y pueden incluso pedir que se retiren sus imágenes o su información de un fichero, una acción que antes debían realizar sus padres o tutores. Si la web o la red social no atienden la reclamación (Facebook tiene su propio enlace para pedirlo), entonces se puede presentar una queja ante la AEPD.

NUEVOS CONVENIOS

Los abogados también están recibiendo solicitudes para que este tipo de cuestiones sean incluidas en los convenios de divorcio, junto al ajuar, los días de visita, el reparto de gastos o el uso del móvil. Ya hay al menos dos sentencias en España a partir de padres que han reclamado por las fotos que ha colgado de sus hijos el otro progenitor. Y hay tribunales como la Audiencia Provincial de Alicante que casi lo incluyen de serie como un apartado más en las sentencias de divorcio con hijos más recientes.

Y es que las fotos de los niños en redes sociales no solo pueden tener impacto en su vida presente y futura (derecho a la imagen, 'ciberbullying', 'sexting' en casos de desnudos...), sino que además pueden suponer verdaderos quebraderos de cabeza para los padres. En caso de separaciones, una fotografía puede revelar dónde está pasando las vacaciones tu ex, con quién y otro tipo de detalles que se pueden usar torticeramente en negociaciones y chantajes varios.

También se puede incluir a los amigos de los niños, porque para publicar su imagen en redes sociales habría que pedirles permiso a sus padres si son menores. Por mucho que se piense que se está en un entorno privado como un grupo de Facebook o de Whatsapp, en el que puede que incluso estén los progenitores de esos menores.

SENTIDO COMÚN

“Lo principal es tener sentido común. Si antes de internet no repartíamos fotos de nuestros hijos por las calles a desconocidos, menos hay que hacerlo ahora donde no hay límite de espacio y tiempo y todo está fuera de nuestro control, porque las plataformas de internet no entienden de edades”, afirma Ofelia Tejerina, abogada de la Asociación de Internautas. “Además, si el contenido es susceptible de que le acosen en la redes, como esa foto del niño vestido de abeja que tanta gracia hace a los padres, se expone al menor a un riesgo innecesario y el fiscal de menores puede tener margen para actuar por la vía civil”.

Algunos convenios de separación incluyen un acuerdo sobre la publicación de las fotos en redes sociales. Y, si los padres son aficionados a ello, hay abogados que aconsejan pactar también esta cuestión para evitar líos futuros. “La responsabilidad parental, antes patria potestad, es distinta en los casos de divorcio. Por eso es mejor pactar la limitación para preservar la intimidad, más por la pareja que por los niños, y si no se ponen de acuerdo, el juez puede atribuir a uno u otro durante un tiempo la potestad de decidir”, aconseja Silvia Giménez-Salinas, abogada de familia y exdecana del Col·legi d’Advocats de Barcelona. “Si el juez de familia decide o da la opción, se pueden pactar lugares o circunstancias, como fiestas familiares o celebraciones, o así”, añade.

LAS CLAVES DE LA NOTICIA

-- Redes prohibidas hasta los 14 años Las redes sociales no admiten a menores de 14 años porque tienen prohibido por ley realizar un tratamiento de sus datos. Pero muchos padres falsifican la edad de los menores para que tengan cuenta en esa red que usan todos sus amigos..

-- Datos y metadatos Una foto, el correo electrónico identificable, la dirección y el número de móvil son datos personales susceptibles de ser tratados. Pero existen los metadatos, incluidas las relaciones, información que genera un dispositivo sin que el usuario sea consciente de ello. .

-- Guías para padres y adolescentes La AEPD ha editado una serie de guías para padres, jóvenes y educadores para concienciar sobre el buen uso de los datos que se dan a través de internet y de conductas aceptables o no. Se pueden ver en la web y están diferenciados para mayores y adolescentes..