Uno de los momentos más deseados por grandes y, sobre todo, por pequeños, está a la vuelta de la... fase del plan de desescalada. Concretamente, en la fase 2. Será entonces cuando los chapuzones en playas y piscinas estarán permitidos -con restricciones y medidas de seguridad frente a la Covid-19- en los territorios que, en las próximas semanas, alcancen ese estatus de desconfinamiento.

Una de las últimas órdenes gubernamentales publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) apunta que se permitirá la reapertura al público de las piscinas recreativas, aunque con un 30% del aforo, así como el tránsito, permanencia y baño en las playas durante la mecionada fase. En lo que concierne específicamente a zonas playeras, se indica que el tránsito y permanencia en playa se realizará manteniendo una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los bañistas deberán hacer un uso responsable de la playa, se subraya, tanto desde el punto de vista medioambiental como sanitario, cumpliendo para ello con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias. Asimismo, se permite la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes, informa Ep.

Piscinas con cita previa

En las piscinas, el aforo máximo permitido será del 30% de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad de dos metros entre usuarios. La orden de Sanidad establece que, en caso contrario, se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia recomendable frente al coronavirus. Para poder acceder al recinto se requerirá la concertación de cita previa con la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer allí. La Orden recoge que previamente a la apertura, se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como pueden ser vestuarios o baños.

Asimismo, se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como, vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios y que forme parte de la instalación. Los biocidas a utilizar para la desinfección de superficies serán aquellos del tipo de producto 2, referidos en el anexo V del Reglamento (UE) n. 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas.

Asimismo, se podrán utilizar desinfectantes como diluciones de lejía 1:50 recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida que se encuentran en el mercado y que han sido autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. Con respecto a las medidas de higiene y prevención, la Orden destaca que aquellas superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, se deberá llevar a cabo una limpieza y desinfección de, al menos, tres veces al día.

Medidas de higiene

Tanto en piscinas como playas, el uso y limpieza de los aseos se llevará a cabo de conformidad con lo previsto en el artículo 6.5 (reforzándose la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos, y con una ocupación máxima de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante).

Asimismo, se deberá verificar que, en todo momento, estén dotados de jabón y/o geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. Y no se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua. También se recordará a los usuarios por medios de cartelería visible o mensajes de megafonía las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con Covid-19.

En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad de dos metros establecido, evitando contacto con el resto de usuarios.