La muerte del torero Víctor Barrio, el pasado 9 de julio, devolvió a la actualidad el debate sobre las redes sociales y la conveniencia, o no, de imponer límites a la opinión en espacios como Twitter y Facebook. Tras fallecer a causa de una cornada en el pecho en la plaza de Teruel, Barrio fue objeto de todo tipo de burlas y de mensajes vejatorios de celebración de su muerte por parte de antitaurinos. Estos mensajes fueron objeto de denuncias. Algunos de los que se mofaron de la desgracia de Barrio han sido identificados.

No es algo muy distinto de lo que sucedió cuando, en marzo del 2015, el copiloto Andreas Lubitz estrelló un avión que iba de Barcelona a la localidad alemana de Düsseldorf. Entonces proliferaron mensajes de gente que celebraba que hubiera catalanes en el vuelo. En cada caso, un colectivo determinado se ha sentido agraviado por los insultos, y ha reclamado castigar a los responsables.

A todo esto, el pasado jueves, el Tribunal Constitucional falló que la libertad de expresión no ampara el odio y condenó a un año a una tuitera que se mofó de las lesiones sufridas por la víctima de ETA Irene Villa. Una sentencia que podría servir de precedente, si bien, como subraya el catedrático de Derecho Penal Joan Queralt, el TC, al tiempo que penaliza los tuits de la condenada, le rebaja de dos años a uno la pena que le había impuesto la Audiencia Nacional. “Eso demuestra que el Constitucional sabe que camina sobre cristal. Marca terreno de una forma educada”.

Los expertos consultados coinciden en que no hay más remedio que convivir con ciertas actitudes indeseables que no por serlo suponen una vulneración de la ley. Si no hay invitación a la violencia, argumentan, no hay delito. También comparten la convicción de que no hay que buscar soluciones en una sobrelegislación. Que no conviene repetir el modelo impuesto por la clase política en relación con otros delitos: reformar el Código Penal cada vez que hay un crimen desgarrador solo para contentar al público.

“Alegrarse de la muerte de un torero es miserable pero no es perseguible legalmente”, sostiene el catedrático de Derecho Constitucional Marc Carrillo, que rechaza que se busque una respuesta penal exclusiva en casos como los citados.

“Ya se ha dicho: las redes son la taberna de antes. La gente habla como si lo hiciera en una situación informal entre amigos. El drama es la falta de capacidad de distinguir entre una conversación privada y una pública”, sostiene el sociólogo Salvador Cardús, que no ve viable establecer límites: “Es muy difícil regular”. H