El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) confirmó la sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial que condenó a 3 años y 3 meses de prisión y 5.670 euros de multa a dos miembros de la Manada por grabar en vídeo y hacer fotografías de la violación cometida en los Sanfermines de Pamplona del 2016.

Los dos miembros de la Manada, acusados de un delito contra la intimidad, grabaron siete vídeos de la violación grupal a una joven madrileña e hicieron dos fotografías de la agresión sexual perpetrada por ellos y por los otros tres procesados.

En la sentencia, que puede ser recurrida, ratifica las penas establecidas para Antonio Manuel Guerrero y Ángel Jesús Cabezuelo, así como la absolución de los otros tres encausados (José Ángel Prenda, Ángel Boza y Jesús Escudero), del delito contra la intimidad imputado por la fiscalía y las acusaciones. En julio del 2019, el Supremo condenó a los cinco acusados como autores de un delito continuado de violación a 15 años de prisión. A Guerrero, le impuso dos años más por un delito de robo con intimidación.

alegación // En la sentencia notificada ayer, los magistrados rechazan las alegaciones de la defensa de Cabezuelo, quien argumentó que este grabó las imágenes, pero sin intención de atentar contra la intimidad de la denunciante, puesto que, según expuso, las borró en cuanto comprobó que la perjudicaban.

Los jueces aseguran que esta afirmación contradice «frontalmente» el relato de hechos probados, ya que «la intencionalidad dolosa de la grabación del vídeo se deduce del contexto de la agresión y humillación de la víctima que se produce». Es más, los jueces añaden que el vídeo recogió con «claridad» imágenes de la denunciante, «con perfecta conciencia de lo que grababa».