El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) rechaza que el canon digital por compensación de copia privada se pague a cargo de los Presupuestos Generales del Estado mediante un importe fijo, como dictaminó el Gobierno del PP en el 2012, y señala que ha de ser abonado por los usuarios que realicen las copias, según una sentencia hecha pública ayer.

El alto tribunal falla así sobre una pregunta del Tribunal Supremo de septiembre del 2014 a propósito de la reclamación de tres entidades de gestión de derechos de autor, que pedían que la compensación por copia privada fuera a cargo de las empresas tecnológicas y los usuarios que realizan las copias. El TJUE les ha dado la razón y ha pedido que el canon se aplique al comprador final, a quien considera el “deudor efectivo”, bien a través de gravar los aparatos o bien por los Presupuestos, pero en este caso solo si se habilitan excepciones para las “personas jurídicas”. Es decir, que sea un método selectivo y no universal como hasta el español.

La Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (Egeda), Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA) y Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), incluidas en la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (ADEPI), reclamaban porque, además, sus ingresos por compensación se han reducido en más de un 80% por año, según sus cálculos, lo que arroja un total de 400 millones de euros menos en conjunto, que ahora piden al Estado.

LA CUANTÍA // Las entidades percibieron en conjunto 83,3 millones de euros en el 2008 en una progresión que llegó a los 115 millones en el 2011. Cuando el Gobierno fijó en el 2012 la cuantía a cargo de los Presupuestos del Estado, la dejó en cinco millones anuales.

Las entidades demandantes, satisfechas con la sentencia, exigen un sistema de compensación como el que se aplica en Francia, Alemania o Italia, donde hay un acuerdo entre fabricantes y entidades para gravar los soportes. “O si no, que se vuelva a la legislación anterior”, explica Rafael Sánchez, director de relaciones institucionales de Egeda. “Quien debe pagar es quien se beneficia de la copia privada”, señala. Pero la legislación anterior quedó invalidada en el 2011 cuando el TJUE dictaminó que no podía aplicarse de modo universal sino que había excepciones: empresas, profesionales y administraciones públicas, principalmente.

El Gobierno ha reaccionado acusando al PSOE de no haber acometido la reforma del canon y tildando la norma ahora rechazada de “sistema transitorio hasta que legislara la UE”. Para la Asociación de Internautas, el canon debería gravar los originales y no los dispositivos de copia. H