Un castellonense de 48 años ha sido condenado a realizar 150 días de trabajos en beneficio de la comunidad por tres delitos de malos tratos en el ámbito doméstico. Además, el varón tendrá prohibida la tenencia de armas por tiempo de dos años, así como también el acercamiento a menos de 300 metros de la víctima o la comunicación con ella por cualquier medio, como establece la sentencia. El hombre fue procesado y sentenciado a una pena de un año y medio de cárcel por el Juzgado de lo Penal número 8 de València, provincia donde víctima y agresor tienen establecido su domicilio. Posteriormente, su defensa recurrió el fallo condenatorio ante la Audiencia Provincial, que avaló la decisión de primera instancia.

Ante estos hechos, el letrado defensor presentó recurso ante el Supremo, quien ha sustituido la pena de privación de libertad por la de trabajos en beneficio de la comunidad.

Los tres tribunales han declarado probado que en tres ocasiones, entre los años 2015 y 2016 y en el marco de discusiones, el hombre agredió a la mujer con «manotadas», «empujones» y «bofetadas».

La afectada lo denunció y expresó su voluntad de que el varón, con quien tiene una hija en común, no volviese a acercarse nunca a ella. La respuesta judicial es su condena.