El Tribunal Supremo absolvió de un delito de apropiación indebida a una mujer que había sido condenada a un año y medio de prisión por no repartir con su grupo de lotería un premio especial a la fracción de 1,17 millones de euros, ya que solo habían pactado el premio al número.

La Sala de lo Penal del alto tribunal la absuelve al entender que su obligación era repartir el premio al número -algo que sí hizo-, pero que no se había acordado nada sobre el premio a la fracción.