La Audiencia Provincial de Valencia ha dictado una sentencia absolutoria contra una persona que estaba acusada por la comisión de un presunto delito y que estuvo ingresada en prisión preventiva durante más de 18 meses.

El Ministerio Fiscal, durante la celebración del juicio oral, solicitaba una condena de más de 13 años y medio de prisión para el acusado. De igual modo, la acusación particular también pidió la misma pena e indemnización económica para la denunciante.

«La valoración en conciencia de la prueba practicada impide a esta juzgadora considerar acreditados los hechos denunciados, debiendo dictarse sentencia absolutoria, al no quedar acreditado que el autor de los hechos sea el denunciado», señala la magistrada en el auto de libertad dictado el viernes. Por todo lo expuesto, se concluye que procede la aplicación del principio in dubio pro reo que rige el derecho penal.

El despacho de Ramiro Navarro Abogados ha ejercitado la defensa de la persona que ha sido absuelta por la Audiencia Provincial de Valencia. El asunto llegó al bufete de Castellón tres meses antes de la celebración del juicio y estando el cliente ya en prisión.

En palabras del letrado, «hay que ser prudentes y esperar a que se firme y se dicte la sentencia de absolución», ya que únicamente saben «de la absolución por el auto de libertad provisional». «La familia del acusado baraja pedir responsabilidades a la administración, ya que cuando una persona es absuelta y ha sufrido prisión preventiva, el Estado debe reparar el daño», afirma.

«Observar la felicidad de una familia al ver que su hijo o hermano recupera la libertad que nunca debió perder es la mayor de las recompensas», asegura.