La Audiencia Provincial de Castellón ha revocado una sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de la capital que condenaba a un hombre al pago de 17.542 euros --entre inmedinización y multa-- por rociar con una mochila pulverizadora el huerto de naranjos de su cuñada, provocando quemaduras en unos 200 ejemplares, cuya cosecha acabó perdiéndose. Tras revisar el caso, el máximo órgano judicial de la provincia ha estimado el recurso interpuesto por la defensa y ha absuelto al procesado al considerar que las desavenencias familiares existentes restaban credibilidad a las versiones de la supuesta víctima, su marido y su hijo, cuyas testificales eran la única prueba contra el condenado.

Los hechos enjuiciados se remontan, supuestamente, al año 2015. La denunciante acusó al hermano de su marido de acceder de madrugada a una finca citrícola, sita en la partida Miralcamp de Onda. Penal 1 señaló en una sentencia a la que ha tenido acceso este diario que el procesado «con ánimo de menoscabar los bienes ajenos roció ramas, hojas y frutos con herbicida, causando daños directos por valor de 1.428 euros y perdiéndose una cosecha valorada en más de 16.000».

El condenado en primera instancia manifestó en todo momento que tenía una mala relación con su hermano desde hacía 30 años y negó haber acudido al huerto para causar daño alguno. Aseguró no conocer ni siquiera la ubicación del terreno y justificó la denuncia argumentando que su familiar era un «paranoico con dependencia al alcohol». El procesado afirmó durante el juicio estar sufriendo una «tortura» por la gran cantidad de denuncias que le había interpuesto su hermano y argumentó en su defensa que con más de 60 años en el momento de los hechos le hubiera resultado «imposible» llevarlo a cabo. Incidió en que rociar 200 naranjos le hubiera llevado tres jornadas completas de trabajo, además de requerir cargar con un peso considerable y recargar la mochila en numerosas ocasiones

El hermano del acusado relató haber visto correr a su hermano por el huerto la noche de los hechos y haber oído luego un motor de coche. El hijo y la mujer de este ofrecieron la misma versión, pero la Audiencia ve «evidente» la mala relación entre las partes por las múltiples denuncias existentes entre ellas. Asimismo, tras revisar el caso, el tribunal considera que «no se ha establecido ni acreditado relación de causalidad entre los daños en los naranjos y la autoría, existiendo falta de prueba pericial y no habiéndose denunciado los hechos ante la Guardia Civil el mismo día».