La Sección Segunda de la Audiencia de Castellón ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 que condenó a un hombre a un año y 11 meses de prisión por acosar y amenazar a su pareja a través de las redes sociales y llamarla de manera reiterada, llegando a hacerlo en 64 ocasiones en un solo día.

La sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, explica que el procesado mantuvo una corta relación sentimental con la víctima, de entre dos y tres semanas. La mujer decidió dejar de ver al varón, pero el hombre comenzó a llamarla continuamente desde diciembre del 2016 hasta julio del 2017 para pedirle explicaciones, con «una media de entre seis y diez llamadas al día», llegando algunas jornadas hasta los 64 contactos.

En alguna de las ocasiones en las que ella descolgó el teléfono le pidió que volviera con él porque «la quería» y también le envió numerosos mensajes de texto, desde enero del 2017 hasta el 29 de junio del mismo año, primero por Facebook, después por Whatsapp y, posteriormente, al bloquearle en dicha aplicación, le hacía llegar SMS, algunos de ellos con la finalidad de amedrentarla e infundirle temor.

En alguno de los mensajes amenazantes le deseaba la muerte y en una ocasión el condenado se acercó al vehículo de la víctima, tocando la ventanilla e intentando abrir la puerta pidiéndole que abriera para hablar con ella.

En otra ocasión, según la sentencia difundida, también acudió al domicilio de la chica, insistiendo en verla y hablar, y aunque ella no quería, finalmente salió de su habitación y «la sujetó fuertemente con la intención de besarla, pese a su oposición, de modo que le rompió una uña».

AL VERLA CON OTROS CHICOS / Otras veces, desde 2017 hasta la actualidad, cuando la ha visto en compañía de otro hombre por la calle, la ha seguido e incluso ha esperado a que saliera de algún bar, efectuando llamadas a las hermanas de la víctima.

El hombre ha sido condenado como autor de un delito de amenazas, otro acoso y un tercero de maltrato a un año y 11 meses de prisión y a la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 200 metros durante tres años y medio. La Audiencia Provincial confirma ahora ese fallo y le condena a pagar costas.