El Tribunal Constitucional declara vulnerado el derecho a la igualdad y el derecho a la presunción de inocencia a un varón que estuvo encarcelado acusado de delito contra la salud pública en la provincia de Castellón.

El afectado reclamaba 500.000 euros como compensación por los días que estuvo privado de libertad en prisión preventiva. El Constitucional considera que las pruebas en la que se sustentó la condena vulneraron las garantías legales y constitucionales del recluso por lo que fue absuelto.

Por todo ello, el Tribunal Constitucional considera que «se resuelva la reclamación patrimonial de forma respetuosa con los derechos fundamentales cuya vulneración se declara». Es decir, que da el visto bueno a la indemnización para el recurrente, aunque en ningún momento especifica la cantidad que se le debe abonar por las vulneraciones.

En su día, el avalado por el Constitucional fue procesado porque se consideró que una cantidad de droga «había sido transportada y descargada en un barco de su propiedad», es decir, el delito contra la salud pública por el que fue finalmente absuelto.

Tras ello y tras una larga lista de litigios en los que el acusadoreclamó la responsabilidad patrimonial del Estado por funcionamiento anormal de la administración de Justicia, el Tribunal Constitucional avala que el recurrente sea compensado por la vulneración de sus derechos.