El Juzgado de Instrucción número 16 de Valencia, en funciones de guardia, sobreseyó la causa abierta a una mujer al considerar que no ha quedado acreditado que abandonara a sus dos hijas menores en plena calle, por lo que descartó el delito de abandono de familia.

La magistrada tuvo en consideración el contenido del atestado policial, en el que los agentes hicieron constar que procedieron a arrestarla cuando ya había regresado a recoger a las niñas a las que, dos horas, antes había dejado a cargo de un conocido.

Fue esta persona la que llamó a los agentes para denunciar que la detenida, expareja de su compañero de piso y padre de una de las niñas, le había dejado a las menores. Aseguró que la mujer decía tener problemas, que necesitaba hablar con un amigo y que manifestaba deseos de morir y quitarse la vida. Las pequeñas, de momento, están en un centro de protección. H