Los problemas para conciliar la vida laboral y familiar están a la orden del día y afectan a un sinfín de profesiones. La Guardia Civil no está exenta de ellos y una de sus integrantes en la provincia batalla en los tribunales por combinar su trabajo en la Benemérita con la crianza de sus gemelos.

La agente y su marido, también guardia civil y ejerciente en la provincia, son de origen gallego y no cuentan en la provincia con más familia que pueda ayudarles a cuidar a sus dos hijos.

Según informa la Asociación Unificada de Guardias Civiles en Castellón (AUGC) --a la que pertenece la madre-- la afectada pidió, tras su baja por maternidad, una reducción de la jornada laboral del 20%, siéndole concedida con la consiguiente disminución salarial. La agente se interesó, asimismo, por la posibilidad de contar con un horario fijo, a fin de poder conciliar, dado que el sistema de turnos existente en el Cuerpo --con el que también cuenta su marido-- lo hace «prácticamente imposible».

Dicha concreción horaria se le denegó en base, dice la asociación, a que sería «un agravio comparativo con el resto de componentes de su unidad, que pudieran encontrase en una situación similar». Sin embargo, inciden desde AUGC, en que el resto de componentes no habían solicitado dicha medida concreta.

LA VÍA JUDICIAL

Agotada la vía administrativa, la mujer formuló una demanda ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Castelló en febrero del 2017, dictándose sentencia el 22 de noviembre de ese mismo año en la que se denegó la posibilidad de tener un horario concreto. Ante el no de la justicia castellonense, la afectada decidió recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV).

Desde AUGC denuncian que el caso está en el alto tribunal valenciano desde abril del 2018, «pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno de antigüedad le corresponda».

DOS AÑOS DE ESPERA

La asociación reprueba que el recurso lleve casi dos años sin fecha para su resolución y reivindica que este es un caso «urgente» y «con fecha de caducidad». «Los niños tienen cuatro años y necesitan a sus padres ahora. Puede que para cuando la Justicia lo resuelva, ya no sea precisa la medida solicitada. No entendemos que el TSJCV lleve casi dos años para señalar la fecha en la que se resolverá el asunto», indican desde la organización, que insiste en que la concreción horaria «se concede por parte de la mayoría de tribunales del estado español».