Un jurado popular juzgará a tres okupas que accedieron en junio del 2016 a una casa en el Grao de Moncofa para realizar una fiesta. Será durante los días 25, 26 y 27 de este mes cuando los procesados se sienten en el banquillo. La Fiscalía los acusa de violentar una puerta de acceso al domicilio y recibir a varios amigos en el inmueble, pasando la noche de fiesta en la casa hasta que varios agentes acudieron a la zona. Los intrusos, que se enfrentan a dos años de prisión por un delito de allanamiento del morada, salieron del inmueble a toda prisa, dejando unos destrozos por valor de 3.350 euros --una suma que el Ministerio Público fija ahora como indemnización--.

La vista contra ellos comenzará a las 10.00 horas del día 25 en la Audiencia Provincial con el interrogatorio de los procesados.

El artículo 125 de la Constitución española establece que «los ciudadanos podrán participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine». Existen doce delitos que puede juzgar un jurado popular y, entre ellos, los de homicidio (como en el caso del crimen de Maikel), omisión del deber de socorro (atropello mortal de María Agustina el pasado mes de enero) o cohecho (Camps y Costa en 2012). Aunque es menos frecuente, un jurado popular también puede analizar el allanamiento de morada. La celebración de vistas con tribunal del jurado --muy costosas-- para este delito genera, sin embargo, cierta controversia por no ser grave y llevar aparejadas penas menores.

¿EL JURADO COBRA?

El desempeño de las funciones de jurado está retribuido --67 euros al día en el año 2018-- y tiene consideración de cumplimiento de un deber inexcusable en el plano laboral. Los miembros de un jurado deben ser mayores de edad, no tener formación en Derecho ni relación alguna con el encausado.

El último juicio por allanamiento de morada en la provincia se remonta al 2014 y dos años después tuvo que repetirse al anular la sentencia el TSJCV --duplicándose los gastos del proceso--.

Los tres acusados de okupar una vivienda en la playa de Nules en 2009, para los que el fiscal solicitó 15 meses de cárcel, volvieron a enfrentarse a un juicio con tribunal del jurado, después de que el alto tribunal valenciano anulara la sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón, que los condenaba a seis meses de prisión.

El TSJCV estimó parcialmente el recurso presentado por las defensas, al considerar que la decisión de los miembros no estaba suficientemente justificada, un hecho que sucede a veces al ser el jurado lego y no profesional.