La Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la condena de un paranyer de l’Alcora por un delito contra la fauna. El hombre ya fue sentenciado a pagar una multa de 1.800 euros por el Juzgado de lo Penal número 2 de Castellón, que le impuso, además, la prohibición de cazar durante un año y el pago de las costas procesales.

Tras recurrir la defensa del condenado el fallo, el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial lo ha desestimado, confirmando así la pena impuesta.

Los hechos sucedieron en el año 2011. Sobre las 21.45 horas, el procesado estaba cazando con la modalidad del parany, con varetas impregnadas con liga y auxiliado de reclamo eléctrico sin autorización, tal y como refleja la sentencia a la que ha tenido acceso Mediterráneo.

Mientras se encontraba llevando a cabo dicha práctica en una parcela de l’Alcora, fue sorprendido por agentes medioambientales.

El fallo judicial señala que el parany es un método prohibido por la Comisión Europea al ser considerado como una práctica no selectiva y masiva y contravenir tanto la directiva europea de protección de aves silvestres como diversas disposiciones administrativas (a pesar de ser un tipo de caza tradicional en la Comunitat). Además, requiere autorización específica de la que, en este caso, no se disponía. H