Fiscalía pide un total de 13 años de prisión para un hombre que presuntamente violó a una mujer tras quebrar la prohibición de aproximación. El juicio se celebra el lunes 4 de noviembre en la Ciudad de la Justicia de Castelló.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2018 y culminan una secuencia de denuncias y sentencias. La pareja inició su relación sentimental en el 2012. Al año siguiente se produjo la primera denuncia de la mujer, por la que fue condenado el varón en el 2014. La relación se reanudó en el 2016 hasta que fue nuevamente denunciado en 2017, y condenado también por un delito de maltrato y otro de amenazas relacionadas con la violencia de género. El hombre debía cumplir entre mayo del 2017 y el 18 de septiembre del 2018 la prohibición de aproximación a menos de 300 metros de la persona, domicilio y lugar de trabajo.

Pese a ello, y según el escrito de la Fiscalía, el acusado estuvo manteniendo contacto telefónico con la mujer al menos desde el 4 de agosto del 2018, hasta el 15 de septiembre cuando ocurrieron los hechos denunciados, así como por la aplicación Whatsapp desde el mes de julio. A principios de septiembre, el procesado se trasladó al domicilio de la mujer y le pidió quedarse. Permaneció escondido y sin salir de la vivienda para no ser visto.

los hechos // En la madrugada del 15 de septiembre, cuando la mujer regresó de trabajar, el hombre empezó a hacerle comentarios insistentes para mantener relaciones sexuales. Aún con la reiterada negativa de la mujer, el procesado insistió hasta que la inmovilizó y la penetró vaginalmente a pesar de que la víctima manifestaba su miedo y suplicaba que cesara en su conducta.

Explica la Fiscalía en su escrito de conclusiones provisionales que, a consecuencia de la violencia empleada por el procesado, la mujer sufrió lesiones externas consistentes en excoriaciones en la cara interna de la muñeca izquierda, una lesión compatible con una mordedura en uno de los pechos, entre otras, y lesiones internas consistentes en contusión en el labio anterior del cérvix, las cuales requirieron asistencia facultativa en el Centro de Salud de Torreblanca y el Servicio de Urgencias de Ginecología del Hospital General de Castelló. Añade Fiscalía que la perjudicada renunció a las acciones civiles que pudieran corresponderle.

Por todo ello, Fiscalía concluye que concurre en el delito de agresión sexual la circunstancia agravante de género, y de parentesco, y considera que procede imponer al procesado la pena de un año de prisión por el delito continuado de quebrantamiento, y doce por la agresión sexual y otros diez años de libertad vigilada.