El policía local de Burriana condenado a 61 años y medio de cárcel por abusar sexualmente de nueve menores de edad, de entre 14 y 16 años, José Antonio Martín Moya, de 40 años, cumplirá como máximo 21 años de prisión.

Y es que, a pesar de la contundente pena impuesta por los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, el código penal estipula que el condenado cumpla, como máximo, el triple de la mayor acumulación de condena, que son siete años en este caso.

Además, una vez haya cumplido con dos tercios de la condena efectiva, podría obtener la libertad condicional. Esto será cuando lleve 14 años en la cárcel.

Martín Moya lleva en la actualidad casi dos años en prisión, desde que fue detenido en abril del 2014 e ingresó preventivo. Así pues, ese tiempo se resta a la condena impuesta y su obtención de la condicional podría darse en 2028, cuando tenga 52 años.

ANUNCIAN RECURSO AL TS // Su abogado, Eugenio Ponz, ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo, tanto por la prisión impuesta, como por la responsabilidad civil para las víctimas. Ponz considera que “las relaciones con los chicos fueron consentidas”, así como que “no ha quedado acreditado que estos sufran ninguna secuela por los hechos”. Y es que el tribunal condenó al exagente a pagar 104.000 euros en indemnizaciones a los afectados y otros 48.600 euros más en multas.

El policía se aprovechaba su condición de agente para contactar con adolescentes en situación económica precaria y con un historial delictivo. A estos les prometía mediar en los asuntos policiales o judiciales que tenían pendientes y les entregaba dinero, concretamente, cantidades que oscilaban entre los 20 y 50 euros. Los amenazaba con entorpecer sus causas judiciales, para convencerlos de mantener relaciones sexuales con él. Los chicos, tal y como detalla la sentencia, no oponían resistencia física, ante el temor a represalias.

El relato de la mayoría de los menores, que declararon como testigos protegidos y tras un parabán, fue “creíble”, “coherente”, “proporcionado” y “sin ambigüedades” a ojos de los magistrados.

La sentencia considera que la difícil situación económica de las familias de los afectados, incluso la vida en la calle de alguno de los menores, “tenía que ser un obstáculo a la satisfacción de los deseos de consumo, incluso modestos, de cualquier adolescente”. El TS será quien decida si ratifica la condena o si hay modificaciones. H