El caso de la madre de les Alqueries, víctima de violencia de género, que no puede inscribir a su bebé tres meses después de su nacimiento, tuvo ayer un mínimo avance. En el Registro Civil de Nules entregaron un auto a Lorena, la afectada, en el que la juez encargada reconoce que los padres de la menor son ella y su actual pareja. Un documento que, como lamentó, le sirve de momento de poco, pues le han remarcado que es «provisional» y por lo tanto no desbloquea su principal objetivo: registrar a la niña y, en consecuencia, poder acogerse a las prestaciones que la ley le reconoce a cualquier madre tras dar a luz.

En el texto del auto, la juez no solo le comunica el reconocimiento de la paternidad, sino también que van a informar a su maltratador de esta resolución, pues legalmente sigue casada, después de dos años esperando la celebración del juicio de su divorcio.

REACCIONES

El caso de Lorena ha despertado el absoluto rechazo de agrupaciones de mujeres de Castellón. Desde la Associació de Dones Clara Campoamor de la Vall d’Uixó, a la que pertenecen socias de la Plana Baixa, ayer exigieron que «en temas relacionados con víctimas de violencia de género y en situaciones de falta de recursos, debe darse la mayor celeridad posible a los trámites».

Con más contundencia se expresó Esther Jovaní, portavoz de En Clau de Dona. Tras conocer las circunstancias a las que está haciendo frente Lorena, aseguró que el sistema judicial español «sigue una línea patrilineal, que todavía conserva el espíritu de la patrio potestas, por la que se antepone la palabra del sujeto masculino a la del sujeto femenino», sentenció.

El maltratador de Lorena, tras ser informado por el juzgado de la existencia de la niña, llegó a decir que podía ser el padre, a pesar de que la víctima ha defendido en múltiples ocasiones que no ha tenido contacto con él en dos años, como se podría comprobar en los registros de la prisión donde ha estado ingresado ese tiempo, a parte de tener la prueba de paternidad.

Al respecto, Jovaní afirmó que «él hace lo que hace, porque puede, sostenido por el sistema», y añadió: «Él actúa para conseguir sus objetivos y el sistema judicial lo consiente, en detrimento de los derechos de la mujer y madre».

Consultados al respecto de las circunstancias a las que se enfrentan Lorena y su familia, desde el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), explicaron ayer que el procedimiento «ha de garantizar los derechos de todas las partes y requiere tanto dar trámite de audiencia al todavía cónyuge de la madre como traslado al Ministerio Fiscal, como garante de los derechos del menor, para que informe». Unos derechos del menor que, como advierte Lorena, están por proteger, pues tres meses después de su nacimiento sigue sin registrar, víctima indirecta de la burocracia que ata a su madre a su maltratador.

LEY 20/2011, ARTÍCULO 44.4

Por el momento, no hay explicación para la decisión que impide a Lorena inscribir a su hija solo a su nombre, un derecho que le reconoce la Ley 20/2011, en su artículo 44.4. En resumen, el texto expone que si una mujer tiene un hijo con un hombre distinto a su marido, puede inscribir al bebé «inmediatamente», dejando el reconocimiento del padre para más adelante. A Lorena no le dan esa opción, «porque el juez dijo que esperara». Al preguntar sobre este extremo al TSJ, hasta el momento, no han justificado la postura adoptada.