La versión ofrecida por la defensa de un ciudadano chino, alegando que la relación sexual que mantuvo con una menor de 17 años en Castellón tras una noche de fiesta fue consentida, no ha sido aceptada por el Tribunal Supremo, quien lo ha sentenciado por agresión sexual por segunda vez.

El tribunal le ha impuesto al hombre seis años de prisión y una indemnización de 6.000 euros para la víctima, además de dictar una orden de alejamiento por la que no se podrá acercar a menos de 300 metros de ella durante un tiempo de cuatro años.

Confirma así el fallo de la Audiencia Provincial de Castellón, que ya lo condenó por unos hechos que sucedieron en agosto del año 2014. La menor y su prima, compatriotas del sentenciado, viajaban a bordo del coche del agresor, que las llevaba a sus casas después de pasar una noche de fiesta en un karaoke de Manises con otras personas.

Tras dejar a una de las chicas en su domicilio, el conductor propuso a la víctima dar una vuelta por un parque cercano a la avenida Chatellerault de la capital. Tras un rato paseando, el acusado se sentó en un columpio, la cogió de los brazos para que se sentase encima de él y, aprovechando que la tenía cogida por detrás, comenzó a tocarle los pechos y a introducir su mano por el pantalón de la chica, todo ello pese a la resistencia de la menor, que le decía que parase mientras trataba de zafarse del mismo. En un determinado momento, la adolescente cayó al suelo, lo que aprovechó el acusado para ponerse encima, seguir con los tocamientos y darle besos. A la vista de la resistencia ofrecida por la denunciante, el acusado aceptó llevarla a su casa, tal como la adolescente le pedía, pues estaba lejos de su domicilio y pensaba que ya no volvería a intentarlo.

Sin embargo, el hombre se dirigió con su vehículo por esa misma avenida hasta que aparcó y se situó encima de la joven en el asiento del copiloto, comenzando de nuevo a abusar de ella, pese a la resistencia de la misma, que manoseaba para impedirlo. El procesado logró finalmente bajarle el pantalón y la ropa interior y la agredió sexualmente.

Consumada su acción, el condenado llevó a la chica hasta su domicilio, sobre las 6.30 horas. Esta llamó a su novio por teléfono, contándole lo sucedido y llorando, aconsejándole el joven que denunciase lo ocurrido.

El tribunal madrileño, como ya hizo el castellonense, considera creíble y persistente en el tiempo el relato de la víctima, sin la existencia de contradicciones.

Por el contrario, no considera que las relaciones sexuales fueran consentidas, como alegó el sentenciado en el recurso de casación ante el Supremo.