Las defensas de S.M.B. y J.L.B., solicitaron este martes en la Audiencia Provincial de Castellón la absolución de sus clientes, para quienes la fiscalía pide 24 años como cooperantes necesarios de detención ilegal y asesinato de D.A.D.M., cuyo cadáver apareció en un pozo en Vinaròs.

La letrada de S.M.B. argumentó que «no se puede decir que D.A.D.M. subiera coaccionado» en el vehículo que lo trasladó desde Madrid hasta Vinaròs el 16 de marzo del 2007. A su vez, el abogado de J.L.B. aseveró que «no hay pruebas para pedir la condena de mi defendido, que fue a Madrid a llevar a su primo, (el otro acusado), que no tenía carnet».

Este último ha asegurado que "el día que lo trajimos se fue voluntariamente e iba tranquilo", que su primo le había pedido que si podía llevarle a Madrid para hablar con una persona. Su primo S.M.B. corroboró este extremo y aseguró que la D.A.D.M. le había pedido si podía bajarle a Vinaròs y, ya aquí, si podía alojarle en un hotel, porque no llevaba documentación.

EL VIAJE //

La fiscal trató de demostrar que no estaba entre los planes de D.A.D.M. irse de viaje, porque ese día había quedado a comer con su sobrino (que anotó la matrícula del coche de J.L.B.), así como que D.A.D.M. mostró una inquietud visible cuando lo vinieron a recoger y habría entrado un poco forzado al vehículo.

Sin embargo, la defensa aseguró que el sobrino solo hizo referencia a esa situación un mes después, el 13 de abril, que no hubo ninguna llamada suya a la policía alertando en días posteriores y que la esposa denunció la desaparición diez días después. Ninguno de ellos ha testificado en el juicio. «No existe llamada, por tanto, no hay ningún temor».

La fiscal, por contra, argumentó que «en qué cabeza cabe que alguien se vaya de vacaciones llevando solo lo puesto» (se fue con un mono o chaleco de la compañía para la que trabajaba), pero los acusados aseguraron que previamente este recogió un macuto de casa.

EN UN HOTEL DE VINARÒS //

Ya en Vinaròs, la víctima se alojó en un hotel, del 16 al 19 de marzo, de la N-340, en una habitación reservada a nombre de S.M.B. El 20 de marzo fue a abonar la factura y recoger su DNI, según la fiscalía.

Durante este tiempo la víctima efectuó varias llamadas a sus allegados, que según la defensa, evidenciarían que no estaba confinado, sino que tenía libertad de movimientos -en una el 17 de marzo aseguró que estaba con uno de los acusados en un bar comiendo pescado--.

En otra, según la fiscalía, la víctima habría llamado a su esposa pidiéndole el 19 de marzo en la que le aseguraba que temía por su vida y que rezara por él.

Mientras, uno de los acusados aseguró que el 19 de marzo recibió una llamada urgente de la víctima diciendo que se tenía que marchar a València y que lo dejó en la parada de bus. «Si hubiera sabido que lo iban a matar nunca lo hubiera llevado a Vinaròs. Me arrepiento», aseguró.

El cadáver fue hallado el 28 de julio del 2008 en un pozo de Vinaròs. Según el comisario responsable de la investigación, la información que S.M.B aportó ayudó a su localización. El acusado, S.M.B, corroboró: «Les dije lo que hubieran querido». Y es que estaba preso en Quito y, según la defensa, estaba en una grave situación humanitaria y sufría maltrato.

S.M.B. defiende que dos colombianos con pasaporte venezolano en mayo del 2007 le dijeron que intentó robarles, lo mataron y lo tiraron a un pozo», aunque no ha podido confirmarse su existencia. Tampoco se ha podido acreditar la cooperación necesaria de S.M.B. ni que sus actos desembocaran en esa muerte.

Aunque según el testigo policial S.M.B. habló de una gravera donde se ocultaban las armas, nunca las hallaron, el pozo donde apareció el cuerpo no es el que señaló y la autopsia habla de muerte violenta con signos de fracturas, pero no por arma de fuego (como sostiene la fiscalía) y lesiones compatibles con la acción del calor pero no se puede saber el día exacto de la muerte, solo que fue entre 2007 y 2008. Ambas defensas alegan dilación indebida ya que los hechos se remontan a hace diez años y sostienen que no hay pruebas para condenar a sus clientes, por lo que piden la absolución. Para el primero por considerar que los hechos no son constitutivos de delito. La defensa de S.M.B. pide que si no hay libre absolución, en su lugar se le impongan 3 años y nueve meses como cómplice y las atenuantes de dilación indebida y colaboración con la justicia.