La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sanciona a Mediaset con una multa de 365.301 euros por vulnerar la Ley General de Comunicación Audiovisual al superar el tiempo máximo de emisión dedicado a la autopromoción, los mensajes publicitarios y la televenta.

Las infracciones detectadas en cuatro de las cadenas que controla el grupo mediático --Cuatro, Energy, Divinity y Telecinco-- tuvieron lugar en los meses de diciembre del 2018 y enero y febrero de este año, según una resolución de la CNMC. Uno de los artículos de dicha ley vulnerados, el 13.2, establece que los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrán superar los 5 minutos por hora de reloj.

LÍMITE DE MINUTOS // El otro artículo infringido (14.1) fija el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural.

La CNMC marca que para que las sobreimpresiones informativas sobre la programación del canal sean excluidas del cómputo de tiempo para la emisión de mensajes publicitarios, solamente deben contener el nombre del programa, el día y la hora de emisión. Mediaset puede presentar un recurso al fallo ante la Audiencia Nacional.