El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación Española de Anunciantes (AEA) contra la adjudicación de seis nuevos canales de TDT aprobada en octubre del 2015 por el Consejo de Ministros al entender que fue un proceso «plural».

Los seis nuevos canales fueron para Atresmedia, Mediaset, Real Madrid TV, Secuoya, 13TV y Radio Blanca, propietaria de KissTV, un reparto que, según el recurso de la AEA, no tuvo en cuenta la «excesiva concentración de la oferta» en los dos primeros grupos mediáticos, ya que no favorecía la competencia. Consideraban que otorgar un canal de alta definición tanto a Atresmedia como a Mediaset fortalecía la posición de dominio de estas empresas y, por tanto, debilitaba la posibilidad del «establecimiento solvente de nuevos operadores».

Sin embargo, para los magistrados, la adjudicación fue «plural» y sostiene que garantizar ese pluralismo en el marco actual televisivo viene establecido por la ley general de comunicación audiovisual, que «fija limitaciones» a los procesos de concentración.

También lo regula la normativa de adjudicación, ya que en las bases de la convocatoria del concurso se establecían «exigencias destinadas a asegurar el respeto del pluralismo en la oferta».