Cambios en el régimen económico matrimonial que impera por defecto en la Comunitat valenciana. Las parejas de Castellón que hoy contraen matrimonio deben tener claro que, si no firman lo contrario ante un notario, en su enlace imperará el régimen económico de bienes gananciales, frente a lo que venía siendo la tónica general desde hace más de ocho años en todo el territorio valenciano: la separación de bienes.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el 30 de mayo la sentencia del Tribunal Constitucional que, tras el recurso interpuesto por el Gobierno central, anula la Ley de Régimen Económico Matrimonial valenciana que amparaba los enlaces en la Comunitat desde finales de 2007 y que, por defecto, fijaba la separación de bienes como la fórmula de aplicación general, y como respuesta a la opción escogida de forma mayoritaria. Con la publicación en el BOE queda finalmente anulada la norma, por lo que, en su lugar, se aplicará directamente el Código Civil que, por contra, apuesta por los bienes gananciales.

En la práctica eso significa que desde el pasado 1 de junio todas las parejas de Castellón quedese en que su matrimonio esté regido por la opción de separación de bienes deben acudir a un notario y suscribir una capitulación (con un coste de unos 80 euros), trámite que hasta ahora no era necesario al estar vigente en la Comunitat la ley valenciana. Los notarios de Castellón, tal y como ya publicó Mediterráneo hace unas semanas, esperan que la cifra de parejas que suscriba una capitulación matrimonial se multiplique, ya que separar los bienes es la opción más popular en la provincia. H