LA CLAVE POLÍTICA

Ciudadanía ampliada

Irene Gómez

Irene Gómez

Hace poco más de un mes celebramos el 44º aniversario de nuestra Constitución, cuyo texto final se consiguió luego de un proceso constituyente lleno de negociaciones diversos y pactos.

Algo que llamó mi atención fue que en su discurso no se mencionó para nada, por parte de la presidenta del Congreso, la necesidad de su reforma, pero curiosamente llamó mucho más mi atención que se hablara de la gran capacidad de integración del texto constitucional que permite que todos nos veamos reconocidos en el susodicho texto.

Lo cierto es que el escenario ha ido transformándose, también en el ámbito jurídico-político. Un escenario en el que el constitucionalismo enmarcado en el estado de derecho está en decadencia, por lo que es necesario reelaborar muchos conceptos evitando, de este modo, una alienación de los mismos.

Uno de los conceptos que en los últimos años se viene actualizando para darle un sentido más acorde con los tiempos en que vivimos, para reubicarlo en el tiempo y en el espacio, es el de «ciudadanía». Precisamente en estos meses previos a unas elecciones municipales y autonómicas, es necesario hablar de ello.

Concepto de ciudadanía

Particularmente me interesa el concepto de ciudadanía ampliada a las personas extranjeras provenientes de países no europeos. Decimos que el concepto de ciudadanía está representado por el principio democrático, como esencia del Derecho constitucional, y que se trata de una ciudadanía entendida como condición jurídico-política que se aplica a toda persona mayor de edad que forma parte de una sociedad, que está sujeto a normas y que es titular de derechos y deberes. Aquí surgen muchas incógnitas, pero una de peso es las personas extranjeras, con estatus de inmigrante, las personas que poseen un documento de identidad como residente, es decir, cuentan con un documento que contiene un número de identidad de extranjero (NIE), esas personas ¿no forman parte de esa sociedad?

Hans Kelsen define la democracia como «la idea de una forma de Estado o de sociedad en la que la voluntad colectiva, o más exactamente, el orden social, resulta engendrado por los sujetos a él, esto es, por el pueblo». El pueblo está sometido a un orden jurídico que regula las conductas de los sujetos, tanto de los nacionales como de los extranjeros. Esto nos llevaría a plantearnos hacia dónde se enfoca el nuevo concepto de ciudadanía que ya no se basaría solo en la categoría jurídica de nacionalidad, pues estaríamos ante un estatus excluyente.

Se trataría del desarrollo de un nuevo estatus que reconoce, a quienes se encuentran territorialmente vinculados al territorio de una autonomía. Si hablamos de los conceptos de ciudadanía, como son la europea y la estatal, ¿por qué no hablar de ciudadanía autonómica para los extranjeros? Voy dándole vueltas a esto.

Diputada de Unides Podem por Castellón en Les Corts

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