La reforma de la ley del menor prevé penas de hasta 6 años de internamiento para jóvenes que cometan delitos graves dentro de bandas organizadas y permitirá que los jueces puedan decretar internamiento para delitos como el tráfico de drogas o la tenencia ilícita de armas, propios de las bandas juveniles.

En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, el titular de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, informó de los objetivos de este cambio legislativo que incluye también medidas para combatir el acoso escolar, como la posibilidad de imponer el alejamiento del agresor de sus víctimas.

El incremento del número y la gravedad de los delitos cometidos por jóvenes de entre 14 y 18 años en los cinco años transcurridos desde la aprobación de la Ley orgánica de Responsabilidad Penal del Menor es la principal justificación de esta reforma.

La irrupción del fenómeno de las bandas está recogida en el texto, que prevé que los jueces puedan ordenar el internamiento de los jóvenes delincuentes por delitos cometidos como integrantes de bandas organizadas, sin necesidad de que éstos sean especialmente violentos.

La reforma, que no prevé sanciones para los menores de 14 años, introduce la posibilidad de que los jueces ordenen que, a partir de los 18 años y hasta los 21, los jóvenes puedan pasar a cumplir condena en un centro penitenciario ordinario.