El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 2 años de cárcel que la Audiencia de Málaga impuso a la cantante Isabel Pantoja, y ha reducido a 2 años y 6 meses de prisión la de Maite Zaldívar, al considerar que en el delito de blanqueo de capitales que cometieron ambas no concurrió continuidad delictiva, sino que fue un delito único y no continuado. De esta manera, y al carecer de antecedentes y tratarse de una pena inferior a los dos años y un día, la tonadillera no tendrá que pisar la cárcel, aunque sí deberá hacer frente a la cuantiosa multa de 1,147 millones de euros.

Según el fallo dado a conocer este lunes por el alto tribunal, la tesis de que no hubo continuidad sino un delito único se aplica también a Jesus Zaldívar, hermano de Maite, que ve reducida su pena a 2 años y medio de cárcel pero mantiene la multa de 1,2 millones, y al exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz, cuya condena pasa de 7 años a 6 y medio por delitos de blanqueo y cohecho y se le mantiene la multa de tres millones de euros. Aunque el exedil --exmarido de Zaldívar y expareja de Pantoja--, de quien se recuerda que tiene abiertas 102 causas en distintos juzgados marbellíes y 52 condenas en firme, no recurrió el fallo de la Audiencia de Málaga, se hacen extensivos a él los efectos de la no apreciación de continuidad delictiva.

El chalé y el apartamento

El Supremo destaca en la sentencia que Pantoja conocía que "el dinero de Julián Muñoz que ingresó en sus cuentas bancarias y con el que operó en la adquisición de valiosos bienes" como el chalé Mi Gitana, ubicado en la lujosa urbanización La Pera, o el apartamento en el hotel Guadalpín de Marbella "procedía de las actividades delictivas en las que se hallaba implicado su compañero sentimental".

En este sentido, el alto tribunal indica que la tonadillera "no podía obtener otra conclusión de los datos relativos a la actuación pública del acusado y de su grupo político y del hecho de que fuera un funcionario publico que habría de vivir, en principio, de un sueldo oficial sin olvidar tampoco el mayor nivel de conocimiento sobre su persona que tenia que reportarle su vinculo sentimental y la convivencia diaria que arrastraba consigo".

La "ceguera" de la tonadillera

El Supremo apunta que cuando la cantante inició la relación sentimental ya eran más que conocidos los problemas con la justicia del partido de Jesús Gil desde 1997, "lo que facilitaba que la acusada pudiera percibir con una mayor base empírica los indicios evidenciadores del quehacer delictivo de Julián Muñoz". Rechaza así la tesis de la "ceguera de amor" esgrimida por la defensa de la cantante durante la vista por el recurso el pasado mes de mayo.

El letrado llegó a remitirse al filósofo Ortega y Gasset para explicar que el enamoramiento que Pantoja sintió por el exalcalde marbellí la cegó respecto a la conducta de este hasta el punto de no darse cuenta de que era un político corrupto. "Nos lo han dicho los filósofos, como Ortega y Gassset, y también los científicos contemporáneos expertos en hormonas y endocrinología", argumentó entonces para pedir la anulación de la condena, “de todos es sabido que un determinado estado anímico dificulta ver la verdad”, insistió el letrado.

A estos argumentos, el Supremo contrapone en la sentencia el aumento de ingresos en efectivo en las cuentas privativas de Pantoja durante el año 2003, que ascendieron a 293.000 euros, superiores a sus ingresos totales de los 7 años anteriores. La sentencia también analiza cómo fue Muñoz quien pretendía blanquear sus fondos mediante la compra del chalé de lujo, y que su captura en el 'caso Malaya' echó por tierra sus planes y, además de retrasar los pagos de la hipoteca, obligó a Pantoja a tener que pagarla.

Penas distintas

Respecto a Maite Zaldívar, la sentencia subraya que también "era conocedora de que el dinero de su esposo, del que se separó en junio del 2003, procedía de actos delictivos directamente relacionados con su actividad política como concejal y alcalde de Marbella". Y aunque se trate de un único delito de blanqueo, la sala estima que el delito de los hermanos Zaldivar fue más prolongado en el tiempo que el cometido por la tonadillera; de ahí la diferencia de penas.