Recurrió la sentencia que le condenaba a 21 años, con la que inicialmente estaba de acuerdo, el Supremo ordenó que se celebrara un nuevo juicio y este ha finalizado con un aumento de condena en 14 años más. Antonio Alcaraz, el expolicía local de Girona que en mayo del 2013 degolló a su cuñada e hirió de gravedad a su mujer enpresencia de las dos hijas de la víctima mortal en un domicilio de Caldes de Malavella (Selva), deberá cumplir finalmente 34 años de prisión. La Audiencia de Girona se ha pronunciado así después de que el Tribunal Supremo aceptase el recurso y ordenase que se celebrara un nuevo juicio.

El procesado alegaba que se había vulnerado la legalidad vigente por entender que se había producido una conformidad entre las partes que no está permitida cuando las penas superan los seis años de cárcel.

En el nuevo juicio, el fiscal solicitó para Alcaraz un total de 35 años de prisión, veinte por un delito de asesinato y cinco por cada uno de los dos de lesiones psíquica de las que se le acusaba al estar las dos hijas de la víctima mortal, de seis y diez años, presentes en el momento del crimen en mayo de 2013.

NIÑAS TRAUMATIZADAS

A estos 30 años hay que sumar otros cinco por la agresión a su mujer, en lo que constituye un delito de lesiones con alevosía, con los agravantes de uso de arma peligrosa y parentesco. Su pareja, que se había marchado de casa por la mala relación que mantenía con el agresor, salvó finalmente la vida gracias a que el propio Alcaraz la llevó al hospital para que fuera atendida tras perpetrar las dos agresiones.

A pesar de que las niñas y su mujer se lo pidieron, Alcaraz se negó a llevar al médico a su cuñada y dejó solas a las dos menores en la escena del crimen. Las dos niñas telefonearon entonces a su abuela materna para avisarle de que su tío estaba matando a su madre y a su tía. Tras presenciar los hechos, las dos menores tuvieron que someterse a un tratamiento psicológico debido al choque emocional y al trastorno por estrés postraumático que padecen.

DIJO QUE NO SE ACORDABA

El expolicía aseguró durante el juicio que no recordaba nada del momento de los hechos y que su "única intención" era "salvar su matrimonio", ya que su esposa había optado por separarse y estaba acogida en casa de la víctima mortal y de su marido, hermano de Antonio Alcaraz, en la localidad de Caldes de Malavella.

La nueva sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Paco Ortí, recoge las peticiones de pena realizadas por el fiscal y, además de la pena de prisión, prohíbe a Alcaraz acercarse o comunicarse con su exmujer y sus dos sobrinas durante los cinco años posteriores a cumplir la condena.

En concepto de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizar con 120.000 euros a su hermano, así como con 50.000 euros a cada una de las dos hijas presentes en el momento del crimen, con 10.000 a cada uno de los padres de la víctima mortal y con otros 50.000 euros a su exmujer.

NO ESTÁ TRASTORNADO

La sentencia descarta además un posible transtorno mental transitorio invocado por la defensa, al considerarlo "en modo alguno compatible" con la "planificación de la ejecución de los hechos".

También se considera "especialmente clarificadora" la pericial psiquiátrica del forense Narcís Bardalet, que concluyó que "Alcaraz no presenta ni presentaba" en el momento del crimen "ninguna enfermedad que le impidiese diferenciar entre el bien y el mal".

"En pocas ocasiones este tribunal ha tenido oportunidad de ver delitos tan crueles y reprochables como los que han sido objeto de enjuiciamiento", añade la sentencia, que subraya que "el acusado, a parte de no mostrar arrepentimiento alguno, parece justificar su acción".