La Audiencia de Barcelona ha absuelto a un imán de Barcelona acusado de haber violado a un menor cuando se quedaban a solas tras las clases de Corán y para quien el fiscal reclamaba 15 años de prisión. La sentencia considera que las acusaciones no han logrado aportar pruebas de cargo suficientes para afirmar que A. E. J, que ejercía su función religiosa en la mezquita de la calle Almenara Alta, en el barrio del Clot de la capital catalana, hubiera agredido sexualmente al adolescente de 12 años, al que, según el auto de procesamiento, llegó penetrar analmente. Este extremo, detallan los magistrados, tampoco ha quedado probado, pues el menor no presentaba lesiones y tampoco se preguntó a los peritos datos sobre algunos dolores alegados por él.

Lo poco que declara probado la sentencia es que el muchacho acudía habitualmente a la mezquita Hamza a recibir enseñanzas del Corán que impartía el imán hasta ahora acusado desde el 2012 hasta que se incoo la causa contra él, en julio del 2017. Los padres del adolescente denunciaron que el acusado, aprovechando los momentos en que se quedaba solo con el menor, le bajaba los pantalones y le penetraba analmente. El menor declaró que esta práctica era habitual, aunque en uno de esas agresiones se defendió con patadas, y que el imán le daba dinero.

El tribunal de la Sección Segunda de sostiene que la acusación contra el imán se basa únicamente en la declaración del menor, la única prueba directa del cargo, mientras que el procesado niega rotundamente las imputaciones. No se aportó, a su entender, otros datos periféricos que sustentaran las sospechas contra A. E. J. y rompieran su presunción de inocencia. Los magistrados recriminan que tanto al chico como al resto de los testigos de la acusación (todos de referencia, precisa) no se les preguntara sobre los extremos o posibles contradicciones en declaraciones del joven en el juzgado de instrucción, ni se profundizó en el contenido de los informes médicos. Ponen un ejemplo: no se interrogó a los facultativos sobre la etiología posible de un dolor que presentaba el adolescente al ser reconocido.

IMPRECISIONES EN EL TESTIMONIO

Los jueces advierten en el testimonio de muchacho pobreza de detalles" y "una serie de imprecisiones que no implican que mienta, pero sí que carece de la contundencia necesaria para poder condenar al imán. Esas vaguedades, fácilmente atribuibles a la escasa edad del muchacho, la falta de coherencia objetiva y las contradicciones podrían haber sido despejadas a través de corroboraciones o datos aportados por las acusaciones, lo que, opinan, no sucedió.

Los togados admiten que tienen la sospecha de qué algo sucedió en la mezquita, pero subrayan que no pueden sustentar una condena en una sospecha, aún fundada. Recalca que la versión del joven no puede calificarse teñida de absoluta credibilidad y no solo incurre en contradicciones, sino también en omisiones notables. El abogado del imán, Álvaro Machado, de Vosseler Abogados, ha asegurado a este diario que su cliente siempre manifestó de forma inequívoca su inocencia. El religioso, por su parte, ha denunciado el clavario que durante dos años y medio ha padecido, lo que le impidió asistir al funeral de su padre y a aplazar su boda, a la vez que se reafirmó su fe en la justicia española que garantizas el derecho de todos independientemente de su creencia y procedencia.