El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado a 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad a un varón como autor responsable de un delito de lesiones en el ámbito familiar tras propinar "dos fuertes bofetadas en las mejillas" a su hijo, un bebé de un año y medio, cuando estaba ingresado en pediatría del Hospital San Pedro de Alcántara.

El juez también le condena a la privación del derecho de tenencia y porte de armas por tiempo de un año y a la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad respecto de su hijo por un tiempo de seis meses, así como a la prohibición de aproximación a distancia inferior a 100 metros respecto del menor durante seis meses.

INGRESADO POR QUEMADURAS

En los hechos probados de la sentencia, del 9 de enero del 2020, se indica que el bebé de un año y medio de edad se hallaba ingresado para ser atendido por unas quemaduras. En esos días, su padre, "cada vez que el bebé no se dormía y como quiera que quería ausentarse de la habitación, procedía a dirigirle insultos a gritos y con gran agresividad como 'hijo de puta, cabrón, duérmete ya'".

"Siendo así que, en la noche del 21 de agosto de 2018, el acusado se hallaba con el bebé y el mismo no se acababa de dormir, comenzando entonces aquel a ponerse nervioso y alterado, y a gritar al niño que se durmiera de una vez para, a continuación, proceder a propinarle dos fuertes bofetadas en las mejillas", continúan los hechos probados, según los cuales ello provocó que el bebé "rompiera a llorar desconsoladamente, y a vomitar del sofocón".

LA MARCA EN LA CARA

Entonces acudieron las enfermeras a la habitación y pudieron comprobar "claramente la señal roja de los dedos del padre en la carita del bebé". A consecuencia de los hechos, el bebé sufrió lesiones consistentes en eritema en ambas mejillas, de las que tardó en curar un día.

También señala la sentencia que la madre del menor no presentó denuncia por estos hechos y renuncia a cualquier indemnización que pudiera corresponder a su hijo. Los Servicios Sociales informaron que no apreciaron afectación del menor.