Las Navidades son unas fechas en las que abundan los compromisos sociales. A pesar de las lógicas precauciones por la pandemia de coronavirus, la necesidad de presentar el pasaporte covid en locales de ocio y hostelería de Castellón o el aumento de los contagios y la amenaza de la variante ómicron en las últimas semanas, estas fechas se prestan a las salidas y a las reuniones de familiares y amigos que se saldan en muchos casos con facturas que pueden sobrepasar las cuatro cifras.

Si eres el protagonista de una de estas reuniones sociales y quieres marcarte un detallazo abonando la cuenta ante la admiración de los invitados debes saber que tu generosidad tiene un límite si el método elegido de pago es al contado, en billetes y monedas contantes y sonantes.

Con la normativa de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal a partir de este segundo semestre del 2021 no pueden pagarse en efectivo operaciones de un importe igual o superior a 1.000 euros. Todo lo que supere esa cantidad estará expuesto a investigación por parte de Hacienda y una multa que será el 25% de lo que ascienda esa factura abonada en metálico y superior a los mil euros. Es una de las medidas de la Administración para luchar contra el fraude del dinero negro y el blanqueo de capitales.

Es decir, si Hacienda detecta que has pagado en una cena 1.100 euros, la multa que llevaría implícita esta factura abonada fuera de los márgenes legales ascendería a 275 euros, una sanción que Hacienda puede reclamar durante los cinco años siguientes a la operación.

La Ley 11/2021, de 9 de julio, detalla que para adquirir un producto o un servicio con un valor superior a esa cifra  de 1.000 euros se deberá utilizar otro medio de pago, como una tarjeta de crédito o una transferencia. Anteriormente a la entrada en vigor de esta ley la cantidad máxima que se podía pagar en efectivo era de 2.500 euros.

¿Cuánto dinero puedo llevar encima?

Por si no lo sabías, otra normativa fija la cantidad de dinero en efectivo que una persona puede llevar encima. Lo especifica la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, pero su cuantía es tan alta que a cualquiera de los mortales les había pasado desapercibida. El límite de dinero que se puede llevar en efectivo dentro de territorio español es de 100.000 euros. Para mover una cantidad igual o superior hay que cumplir ciertos trámites legales para declararlo. Si además quisieras entrar o salir del país, el límite es de 10.000 euros.