La nueva Ley de Tráfico contiene multas ya sabidas por la inmensa mayoría de los conductores que se aplican en caso de consumir alcohol y/o drogas al volante, no respetar los límites de velocidad, usar el teléfono móvil o no llevar el cinturón de seguridad, pero hay otras sanciones no tan conocidas que pueden derivar en sanciones de hasta 6.000 euros, junto con la retirada de puntos del carnet.

Entre las multas más llamativas podríamos encuadrar la de eludir pagar la gasolina tras repostar. Huir de la gasolinera sin pasar por caja está considerado como delito leve de estafa por el artículo 249 del Código Penal, por lo que el infractor debería pagar una cantidad diaria que ronda los 10 euros (puede variar según lo que considere el juez) durante un tiempo de uno a tres meses, además de las costas procesales y el dinero que no abonó en su momento en la gasolinera. En caso de reincidencia el delito podría considerarse como grave, por lo que al margen de la suma el detractor podría ir a la cárcel de 1 a 6 años.

Recordar antes de repasar las sanciones más llamativas que el conductor puede ser sancionado también por no llevar los triángulos de señalización de peligro o la señal de emergencia V-16, por no utilizar el chaleco reflectante en caso de accidente, tener la ITV o el carnet caducados, así como la luz o la matrícula en irregulares condiciones.

Las sanciones más desconocidas de la nueva Ley de Tráfico

  • No informar a la DGT de un cambio domiciliario: 80 euros
  • Discutir o darse muestras de cariño con tu pareja o acompañante dentro del vehículo: Entre 100 y 600 euros
  • Iniciar la marcha derrapando: 100 euros
  • Lavar el coche o realizar tareas de mantenimiento en la calle: De 30 a 3.000 euros
  • Llevar más gente de la permitida por el fabricante: De 80 a 500 euros si supera el 50% de plazas autorizadas. También te pueden retirar el carnet de conducir durante tres meses.
  • Llevar un inhibidor de radar en el coche, aunque no se utilice: 6 puntos y 6.000 euros
  • Arrojar objetos a la vía que puedan producir incendios o accidentes: 6 puntos y 500 euros
  • Llevar detector de radar en el coche, aunque no se utilice: 3 puntos y 500 euros
  • Hacer un adelantamiento temerario a un ciclista sin respetar la distancia mínima de 1,5 m: 6 puntos y 200 euros
  • Sobrepasar la velocidad de la vía, incluso para adelantar en una carretera secundaria (hasta ahora permitido en 20 km/h): 100 euros
  • Impago de peajes, tasas o precios públicos: 100 euros
  • Frenar de forma temeraria: 6 puntos y 500 euros
  • Dar ráfagas a otro vehículo: 80 euros
  • Apoyar el codo en la ventanilla o sacarlo por la ventana: 80 euros
  • Conducir con chanclas, descalzo, con tacones o sin camisa: 200 euros
  • Repostar con el vehículo en marcha, las luces o la radio encendidas: 3 puntos y 200 euros